MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL A&G ASTUDILLO LIMITADA

RUT 76341195-8 CVE 2159065
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de julio de 2022
Notaría
Temuco de don Héctor Basualto Bustamante

Instrumento

Fecha
12 de julio de 2022
Repertorio
3339-2022
Notario
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE
Domicilio
con oficio en la comuna de Temuco
Comuna
Temuco de don Héctor Basualto Bustamante

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas Nº 854, certifica: Por escritura Repertorio n° 3339-2022, de 12 de Julio de 2022, ante mí, don GUILLERMO ALEJANDRO ASTUDILLO ETCHETO, chileno, agricultor, divorciado, cédula de identidad Nº 7.229.990-6, domiciliado en Pasaje el Llano Nº 02651, Lomas de Mirasur, de la comuna y ciudad de Temuco; y don ALVARO RODRIGO ASTUDILLO VIGUERAS, chileno, Ingeniero Comercial, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad N º 13.729.945-3, domiciliado en Avenida Los Estudiantes N º 02958, de la comuna y ciudad de Temuco; modifican “SOCIEDAD COMERCIAL A&G ASTUDILLO LIMITADA”; sociedad constituida por escritura pública de fecha 09 de Mayo de 2014, en la Notaría de Temuco de don Héctor Basualto Bustamante; cuyo extracto fue inscrito a fojas 897 vuelta número 658, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2014. El capital social es la suma de $30.000.000. Esta sociedad no ha sido modificada.- La modificación de la sociedad consiste en incorporar en la clausula cuarta un artículo treinta y tres, del siguiente tenor: “TREINTA Y TRES: Constituir a la Sociedad en codeudor solidario, fiadora y avalista, otorgar todo tipo de garantías personales y reales, convenir cláusulas penales a favor o en contra de la Sociedad, y en especial en favor de la Sociedad Comercial A&G Astudillo Limitada, rol único tributario N º 76.341.195-8 y en general de cualquier tercero. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 18 de Julio de 2022.-