MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES RAHUE LIMITADA

RUT 77761800-8 CVE 2159157
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de julio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2022
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Interino de la 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: por escritura pública hoy, ante mí, Pamela Magdalena de la Fuente Miranda, Iván Ruperto Díaz Campos, domiciliados en Santiago, San Clemente 821 casa 1, Huechuraba, y, Ruperto Benjamín Díaz Valdés, domicilio Santiago, Arturo Medina 3701 B, Providencia, modificaron estatutos INVERSIONES RAHUE LIMITADA, inscrita a fojas 12.900 Nº 10.678 Registro Comercio Santiago año 2002, como sigue: (i) Ruperto Benjamín Díaz Valdés vende, cede y transfiere a Iván Ruperto Díaz Campos, quien acepta y adquiere para sí, el 100% de sus derechos sociales en la Sociedad; (ii) Como consecuencia de la cesión, quedan como únicos socios, Pamela Magdalena de la Fuente Miranda con un aporte equivalente al 10% del capital social, e, Iván Ruperto Díaz Campos con un aporte equivalente al 90% del capital social, los que modificaron los estatutos sociales: A.- Reemplazando su artículo Cuarto por: “CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de $30.000.000, que los socios han aportado y enterado íntegramente, del siguiente modo: (i) Pamela Magdalena de la Fuente Miranda ha aportado la suma de $3.000.000, equivalente al 10% del capital social, enterado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y, (ii) Iván Ruperto Díaz Campos ha aportado la suma de $27.000.000, equivalente al 90% del capital social, enterado íntegramente con anterioridad a esta fecha. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.”. B.- La administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios, indistintamente, con las limitaciones señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones, no materia de extracto, en escritura extractada. Santiago, 8 de julio de 2022.