Inversiones Los Bosques Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2022
- Repertorio
- 5945-2022
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- Vigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de junio de 2022, bajo el Repertorio N° 5945-2022, otorgada ante mí, comparecieron: /A/ don Luis Antonio Ahumada Contreras, cédula de identidad número 7.071.383-7; /B/ don Víctor Mario Ahumada Contreras, cédula de identidad número 6.002.822-2; C) doña Camila Antonia Ahumada Gutiérrez, cédula de identidad número 18.957.844-K, D) don Víctor Andrés Ahumada Gutiérrez, cédula de identidad número 19.456.108-3; /E/ don Joaquín Antonio Ahumada Gutiérrez, cédula de identidad número 21.154.356-6; y, /F/ doña Sofía Belén Ahumada Gutiérrez, cédula de identidad número 20.445.111-7, todos los anteriores domiciliados en Avenida Marathon número dos mil cuatrocientos noventa y nueve, comuna de Macul, Santiago, modificaron la sociedad “Inversiones Los Bosques Limitada” (en adelante la “Sociedad”) en el sentido de que formalizaron el ingreso como socios de la Sociedad de los comparecientes de apellidos Ahumada Gutiérrez, por efecto de la donación que don Luis Antonio Ahumada Contreras efectuó del 40% los derechos sociales de la siguiente manera: i) un 7,5% de los derechos sociales a cada donatario de apellido Ahumada Gutiérrez; y ii) un 10% de los derechos sociales a Víctor Mario Ahumada Contreras. Lo anterior se llevó a cabo mediante contrato de donación celebrado por escritura pública de fecha 30 de junio de 2022, otorgado en la Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, bajo el repertorio número 5944-2022, previa autorización judicial otorgada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago en la causa caratulada “Ahumada/”, Rol V-305-2021, y previo pago de los impuestos respectivos. Por cuyo motivo reemplazaron el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Cláusula Quinta: Capital. El capital social asciende a la suma de trescientos veintiséis millones ochocientos trece mil quinientos cuarenta y un pesos, el cual se aporta de la siguiente manera: /A/ don Luis Antonio Ahumada Contreras aporta la suma de sesenta y cinco millones trescientos sesenta y dos mil setecientos ocho coma dos pesos, el cual ha sido pagado en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al veinte por ciento de los derechos sociales; /B/ don Víctor Mario Ahumada Contreras aporta la suma de ciento sesenta y tres millones cuatrocientos seis mil setecientos setenta coma cinco pesos, el cual ha sido pagado en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al cincuenta por ciento de los derechos sociales; C) doña Camila Antonia Ahumada Gutiérrez aporta la suma de veinticuatro millones quinientos once mil quince coma quinientos setenta y cinco pesos, el cual ha sido pagado en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al siete coma cinco por ciento de los derechos sociales; D) don Víctor Andrés Ahumada Gutiérrez aporta la suma de veinticuatro millones quinientos once mil quince coma quinientos setenta y cinco pesos, el cual ha sido pagado en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al siete coma cinco por ciento de los derechos sociales; /E/ don Joaquín Antonio Ahumada Gutiérrez aporta la suma de veinticuatro millones quinientos once mil quince coma quinientos setenta y cinco pesos, el cual ha sido pagado en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al siete coma cinco por ciento de los derechos sociales; y, /F/ doña Sofía Belén Ahumada Gutiérrez aporta la suma de veinticuatro millones quinientos once mil quince coma quinientos setenta y cinco pesos, el cual ha sido pagado en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al siete coma cinco por ciento de los derechos sociales.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2022.