CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EF TECHNOLOGIES SpA

CVE 2159009
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de julio de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de julio de 2022
Repertorio
6327-22
Notario
Notario Suplente de doña Myriam Amigo Arancibia
Oficio
21ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Abogado, Notario Suplente de doña Myriam Amigo Arancibia, Notario Publico, Titular de la 21ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, CERTIFICO: por escritura publica de fecha 12 de julio de 2022, repertorio Nº 6.327-22, ante mí, doña CONSTANZA ANDREA VERGARA MIDDLETON, debidamente representada por don JOSE FRANCISCO VERGARA CONTRERAS constituyó una sociedad por acciones regulada por el Artículo 414 y siguientes del Código de Comercio, cuya descripción es la siguiente: Razón Social: La Razón social es “EF TECHNOLOGIES SpA” y podrá usar indistintamente como nombre de fantasía “EFTECH SpA”. Objeto a) crear, desarrollar y ejecutar por cuenta propia o ajena, toda clase de actividades profesionales, científicas, técnicas, tecnológicas, que dicen relación con la creación de soluciones informáticas y tecnológicas a las actividades comerciales, financieras y productivas y administración y optimización tecnológica de flotas de toda clase de vehículos y bienes en tránsito. b) La realización de toda clase de negocios e inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en bienes corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, bonos, fondos mutuos, efectos de comercio, títulos de crédito, valores, derechos, cuotas y participaciones en sociedad, por cuenta propia o de terceros.; Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida.- Capital social. El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000.- dividido en 3.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, el que es aportado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social, en los términos indicados en la escritura extractada. Otras estipulaciones constan en escritura extractada.-