Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2022
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- comuna de Ercilla, Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que con fecha 08 de julio de 2022, don ELÍAS DANIEL LÓPEZ QUIÑILÉN, con domicilio en Comunidad Indígena Pichilen, comuna de Ercilla, debidamente facultado, redujo a escritura pública el acta de la Junta Constitutiva de fecha 22 de marzo de 2022 mediante la cual se constituyó la cooperativa denominada COOPERATIVA AGRICOLA PICHILEN LIMITADA, nombre de fantasía “PICHILEN COOP.”.- Número de Socios concurrentes a la constitución: 15.- Domicilio: comuna de Ercilla, Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.- Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas.- Objeto: la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas.- Capital: El Capital inicial suscrito y pagado es de cuatrocientos cincuenta mil pesos, dividido en cuatro mil quinientas cuotas de participación, de un valor inicial de cien pesos cada una. Socios limitan responsabilidad al monto de aportes. - Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 12 de julio de 2022.-