Instrumento
- Fecha
- 6 de julio de 2022
- Repertorio
- 29344
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Santiago,pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de venta al por mayor de productos cárnicos, productos del mar, huevos, lácteos, abarrotes y otros alimentos, productos textiles, prendas de vestir, calzado; ventas al por menor de calzado en comercios especializados, de ropa usada en comercios, artículos de segunda mano en comercios, productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercados; otras actividades de venta al por menor en comercios no especializados; otras actividades de servicio de bebidas. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
será ejercida pordon Andrés Ismael Jordán Villalobos o a don Eduardo Felipe Errázuriz Amenábar o a don Gonzalo Fernando Blumel Mac-Iver, pudiendo actuar indistintamente en forma separada o conjunta, quienes anteponiendo su nombre y firma a la razón social tendrán las más amplias facultades enunciadas en la escritura extractada.Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de julio de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, SUPLENTE DEL TITULAR DON ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en Agustinas 1070 2° piso, certifico: Que por escritura pública de fecha 06 de Julio de 2022, otorgada ante mí, Repertorio N° 29.344,doña Florencia Paz Fernández Quijada; don Andrés Ismael Jordán Villalobos;Asesorías e Inversiones Pumol Limitada; y la sociedad Golfo Azul SpA, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “CIRCULAR SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago,pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. - Objeto:La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de venta al por mayor de productos cárnicos, productos del mar, huevos, lácteos, abarrotes y otros alimentos, productos textiles, prendas de vestir, calzado; ventas al por menor de calzado en comercios especializados, de ropa usada en comercios, artículos de segunda mano en comercios, productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercados; otras actividades de venta al por menor en comercios no especializados; otras actividades de servicio de bebidas. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros. Capital:El capital de la sociedad será la suma de quinientos mil pesos, dividido en mil acciones, todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. El capital deberá estar pagado dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, y podrá pagarse en dinero efectivo o en bienes incorporales muebles, incluyendo acciones o derechos de toda clase de sociedades. -Duración: Indefinida.Administración: será ejercida pordon Andrés Ismael Jordán Villalobos o a don Eduardo Felipe Errázuriz Amenábar o a don Gonzalo Fernando Blumel Mac-Iver, pudiendo actuar indistintamente en forma separada o conjunta, quienes anteponiendo su nombre y firma a la razón social tendrán las más amplias facultades enunciadas en la escritura extractada.Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de julio de 2022.