CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES NOSTRO PRINCIPIO LIMITADA

CVE 2158247
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de junio de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de junio de 2022
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
2 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución social, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 1 año cada uno, a no ser que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogar la Sociedad por un nuevo período, en la forma y plazo establecidos en el pacto social

Objeto social

i) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, y en general invertir en toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos y de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar, administrar y percibir sus frutos; y, ii) Adquirir, enajenar, arrendar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, por cuenta propia o ajena

Administración

Corresponderán exclusivamente a don LEOPOLDO LUIS ALEJANDRO LORENZINI GAVILÁN, quien podrá actuar en nombre y representación de la Sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades en toda clase de actos, ejecutando todos los actos jurídicos y celebrando todos los contratos necesarios para el funcionamiento de la Sociedad, sin limitación de especie alguna, y en especial los que en forma no taxativa y meramente enunciativa se señalan en la escritura social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, 41ª Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 1160, Subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, hoy 29 de junio de 2022, LEOPOLDO LUIS ALEJANDRO LORENZINI GAVILÁN, SOFÍA CAROLINA LORENZINI DOREN, y LEOPOLDO IGNACIO LORENZINI DOREN, todos domiciliados en Aníbal Zañartu 2601, Renca, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo extracto es el siguiente: RAZÓN O FIRMA SOCIAL: “INVERSIONES NOSTRO PRINCIPIO LIMITADA”. Nombres de fantasía: “INVERSIONES NOSTRO PRINCIPIO LTDA.” y “NOSTRO PRINCIPIO LTDA.”.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderán exclusivamente a don LEOPOLDO LUIS ALEJANDRO LORENZINI GAVILÁN, quien podrá actuar en nombre y representación de la Sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades en toda clase de actos, ejecutando todos los actos jurídicos y celebrando todos los contratos necesarios para el funcionamiento de la Sociedad, sin limitación de especie alguna, y en especial los que en forma no taxativa y meramente enunciativa se señalan en la escritura social.- CAPITAL: $1.000.000, cantidad que los socios aportaron, enteraron y pagaron, en dinero efectivo, encontrándose ingresada a la caja social, en las siguientes cantidades: Uno) Leopoldo Luis Alejandro Lorenzini Gavilán, $100.000, equivalentes al 10% del capital social; Dos) Sofía Carolina Lorenzini Doren, $450.000, equivalentes al 45% del capital social; y, Tres) Leopoldo Ignacio Lorenzini Doren, $450.000, equivalentes al 45% del capital social.- OBJETO: i) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, y en general invertir en toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos y de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar, administrar y percibir sus frutos; y, ii) Adquirir, enajenar, arrendar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, por cuenta propia o ajena.- DURACIÓN: 2 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución social, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 1 año cada uno, a no ser que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogar la Sociedad por un nuevo período, en la forma y plazo establecidos en el pacto social.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en cualquiera otra parte del país.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en la escritura que extracto.- Santiago, 29 junio 2022.- Félix Jara Cadot.- Notario.-