Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2022
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Domicilio
- Temuco
Objeto social
El giro y objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de construcciones y remodelaciones, loteos subdivisiones, construcción y urbanización de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena, estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia o de terceros; la construcción de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, centros turismo, edificios, viviendas, viviendas económicas acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales y de subsidio habitacional.- la implementación y realización en general de todo tipo de proyectos o de obras de ingeniería, asesorías de ingeniería y otros servicios a todo tipo de empresas y particulares, operar en el extranjero y asociarse con empresas extranjera dentro del país y a todas otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios estimen pertinente ,el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Temuco, sin embargo, la Sociedad podrá establecer sucursales en otras ciudades, así como dentro del territorio nacional como en el extranjero. La vigencia de la sociedad se extenderá de forma indefinida. El capital de la sociedad es la cantidad de veinte millones de pesos,
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Artuto Prat Nº 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 11 de julio de 2022, otorgada ante mí, Rep. Nº 2968, don CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES, chileno, soltero, Constructor Civil, Cedula Nacional de Identidad número diecisiete millones novecientos diecisiete mil seiscientos cuarenta y seis guión siete, domiciliado en calle Tegucigalpa número tres mil cuatrocientos setenta, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, chileno, casado, Constructor Civil, Cedula Nacional de Identidad número dieciséis millones quinientos dieciséis mil novecientos treinta y dos guión ocho, domiciliado en calle Uruguay número mil doscientos trece, departamento catorce, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, de paso por esta ciudad, los compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes referida, en este acto, viene en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la Razón Social Será: “DISEÑA Y CONSTRUYE LTDA”, sin embargo, la empresa podrá actuar con el nombre de fantasía de “DISEÑA & CONSTRUYE LTDA”, ello, para todos los efectos legales y sin restricción alguna, : OBJETO SOCIAL: El giro y objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de construcciones y remodelaciones, loteos subdivisiones, construcción y urbanización de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena, estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia o de terceros; la construcción de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, centros turismo, edificios, viviendas, viviendas económicas acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales y de subsidio habitacional.- la implementación y realización en general de todo tipo de proyectos o de obras de ingeniería, asesorías de ingeniería y otros servicios a todo tipo de empresas y particulares, operar en el extranjero y asociarse con empresas extranjera dentro del país y a todas otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios estimen pertinente ,el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Temuco, sin embargo, la Sociedad podrá establecer sucursales en otras ciudades, así como dentro del territorio nacional como en el extranjero. La vigencia de la sociedad se extenderá de forma indefinida. El capital de la sociedad es la cantidad de veinte millones de pesos, los socios limitan su responsabilidad, hasta la concurrencia del monto de respectivos aportes, La administración de la sociedad corresponderá indistintamente a los accionistas, don CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES y don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- TEMUCO, 15 de Julio de 2022.