CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO DE MEDIACIÓN PUENTE DE AGUA SpA

RUT 18025768-3 CVE 2158006
Fecha instrumento
6 de julio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de julio de 2022
Repertorio
13656-2022
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la Trigésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, con fecha 6 de julio de 2022, ante mí, bajo el repertorio N° 13.656-2022, don CRISTÓBAL PRIETO STEFFENS, cédula nacional de identidad número 18.025.768-3, en representación de doña Francisca Guzmán Cruzat, cédula nacional de identidad número 12.165.831-3; de doña María Soledad Malbrán Iglesias, cédula nacional de identidad número 8.530.490-9, de doña María Paz Otaegui Browne, cédula nacional de identidad número 8.669.576-6, y de doña Macarena Ureta Fernández, cédula nacional de identidad número 12.722.209-6, todos domiciliados para estos efectos en calle Luis Carrera número 1263, oficina 202, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; vino en sanear el vicio formal que afectaba la constitución legal de la sociedad “CENTRO DE MEDIACIÓN PUENTE DE AGUA SpA”, consistente en una contradicción entre el objeto de la sociedad expresado en la escritura pública de constitución y el expresado en su extracto. La referida sociedad se constituyó por escritura pública de fecha 2 de junio de 2022, otorgada en la notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo. El extracto de la escritura antes señalada se inscribió a fojas 45.709, número 20.525 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 11 de junio del mismo año. Conforme lo señalado en la escritura de saneamiento, el vicio formal se corrige mediante la rectificación del extracto de la escritura de constitución que se indica a continuación: “Donde el referido extracto dice “Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Actividades de servicios comunitarios sociales y personales; b) Actividades de organizaciones empresariales y de empleadores y c) Actividades de otras organizaciones profesionales;”; éste debe decir: “Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Actividades de servicios de apoyo a las empresas; b) Actividades de servicios personales; c) Actividades de capacitación, asesoramiento y otras enseñanzas; d) Servicios de Orientación Familiar; y /e/ en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. Podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de julio de 2022.