Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2022
- Notario
- Rodrigo Rojas Castillo
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
la realización de todo tipo de negocios y)o inversiones, sea por cuenta propia o ajena la ejecución de actos de comercio que signifiquen la negociación o en general cualquier tipo de intermediación de cualquier tipo de bienes, corporales o incorporales, y)o valores, sean acciones, bonos, efectos de comercio, etc.; la explotación de bienes raíces, formar sociedades civiles y comerciales, ingresar a las ya constituidas y, en general, asociarse o participar en sociedades y asociaciones, cualquiera sea su
Administración
Le corresponderá a un administrador, elegido por la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta, quien se encontrará investido de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Rojas Castillo, Abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en Avenida Michimalonco número mil quince, Comuna San Pedro de la Paz, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha cuatro de julio de dos mil veintidós, REPERTORIO N°819/2022, ante Rodrigo Rojas Castillo, abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en Avenida Michimalonco número mil quince, Comuna de San Pedro de La Paz; JONATHAN ALEXANDER CASTILLO CARVAJAL, en representación de JCC SpA, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados en calle Tucapel cincuenta departamento doscientos tres, comuna de San Pedro de La Paz, Región del Bio-Bio, constituyó una sociedad por acciones. Razón social: Patagonia Inmobiliaria SpA.- Administración de la sociedad y uso de la razón social: Le corresponderá a un administrador, elegido por la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta, quien se encontrará investido de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Capital social: Corresponde a la suma de $1.000.000, dividido en un millón de acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal; que suscribe y paga el único accionista, de la siguiente forma: JCC SpA, a través de su representante antes individualizado, suscribe en este acto un millón de acciones, a un valor unitario de un peso por acción, que se pagan al contado.- Objeto social: la realización de todo tipo de negocios y/o inversiones, sea por cuenta propia o ajena la ejecución de actos de comercio que signifiquen la negociación o en general cualquier tipo de intermediación de cualquier tipo de bienes, corporales o incorporales, y/o valores, sean acciones, bonos, efectos de comercio, etc.; la explotación de bienes raíces, formar sociedades civiles y comerciales, ingresar a las ya constituidas y, en general, asociarse o participar en sociedades y asociaciones, cualquiera sea su objeto. Todo ello por cuenta propia o ajena y ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier naturaleza u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades. - Duración de la sociedad: Empezará a regir a contar de la fecha de la escritura de constitución y tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Pedro de La Paz, 14 de julio de 2022.