AGRICOLA PL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de julio de 2022
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.920.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, Santiago, rectifica: Extracto de Modificación por Fusión de “AGRICOLA PL LIMITADA”, que se inscribió a fojas 50514, número 22538 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, y se publicó en el Diario Oficial número 43.291, el 01 de julio del año 2022, en el siguiente sentido: DEBE DECIR: Como consecuencia de esta absorción, se disuelve la sociedad “SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA”, sin que deba procederse a su liquidación en razón de incorporarse la totalidad de su patrimonio y socios a la sociedad absorbente. Con motivo de la fusión, la sociedad absorbente “AGRICOLA PL LIMITADA”, queda con un capital estatutario de $4.000.000.- de los cuales, un $1.000.000.- corresponden al capital de la sociedad absorbida “SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA” y $3.000.000.- al capital de “AGRICOLA PL LIMITADA”, con anterioridad a la fusión, lo que da un total de $4.000.000.-, distribuido entre los socios de la siguiente forma: “JPPC SpA” $3.920.000.- y “VLO SpA” $80.000.- 2- Modificación “AGRICOLA PL LIMITADA”. Juan Pablo Prado Callejas en representación de “JPPC SpA”, y María Verónica Larraín Ossa, en representación de “VLO SpA”, en su calidad de únicos y exclusivos socios “AGRICOLA PL LIMITADA”, acuerdan introducir las siguientes modificaciones a su pacto social: 2.1- Aumentar el Capital de $3.000.000.- a $4.000.000, para la cual se sustituye el Artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTICULO QUINTO. CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de %4.000.000.- enteramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha que los socios han aportado de la siguiente manera: a) “JPPC SpA” ha aportado $3.920.000.- equivalentes a un 98% del capital de la sociedad y b) “VLO SpA ha aportado $80.000.- equivalentes a un 2% del capital de la sociedad; a mayor abundamiento el capital se podrá pagar en dinero, en crédito, aporte en especie (en dominio o usufructo) o en cualquier clase de bienes, inmuebles, muebles, corporales o incorporales y aporte en trabajo (socio industrial) o servicio. Si el aporte consiste en trabajo, éste debe ser avaluado de común acuerdo por los consoncios o por un perito designado para tal efecto.”. En lo no modificado, se mantiene vigente pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de julio de 2022.- Eduardo Diez Morello.- Notario Público.-