Parque Eólico Vientos del Pacífico SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2022
- Repertorio
- 12933-2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
Objeto social
La sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33a Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de junio de 2022, repertorio 12.933-2022, ante el Notario Titular de esta Notaría, don Iván Torrealba Acevedo, Global Power Generation Chile SpA, domiciliada para estos efectos en calle Los Militares 4777, oficina 2101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, único accionista, según se acreditó al notario que autoriza, de la sociedad Parque Eólico Vientos del Pacífico SpA, sociedad inscrita a fojas 176, número 155 en el Registro de Comercio de Concepción del año 2017 (en adelante la “Sociedad”), modificó los estatutos sociales de la Sociedad en el sentido siguiente: (i) Cambiar el domicilio de la Sociedad desde la comuna de Concepción a la ciudad de Santiago de Chile; y (ii) Modificar en consecuencia el artículo segundo permanente de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Segundo: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero.” Asimismo, y para efectos de facilitar la correcta inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, se dejó constancia que de acuerdo al artículo 426 del Código de Comercio, son materia de extracto los siguientes elementos: (Uno) Nombre: Parque Eólico Vientos del Pacífico SpA; (Dos) Nombre de los accionistas concurrentes al acto de constitución: Inversiones Bosquemar Limitada; (Tres) Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. (Cuatro) Objeto: La sociedad tiene por objeto: Uno) En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Interconectado Central. Dos) En el ámbito de la comercialización comprar energía eléctrica para venderla a la distribuidora de energías eléctricas o usuarios finales/clientes libres. Tres) Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables no convencionales. Cuatro) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables no convencionales. Cinco) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros. Sexto) Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros. Séptimo) Comercializar excedentes de energías proveniente de medios de Energías Renovables no convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señala en el artículo ciento cincuenta bis de la ley veinte mil doscientos cincuenta y siete. Octavo) Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras. Nueve) La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica. Diez) Diseño, desarrollo, gestión y/o ejecución de todo tipo de proyectos de ingeniería, energía, arquitectura u otra especialidad relativas a la generación de electricidad. Once) Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, telegrafía, transmisiones de télex y de data y radiocomunciaciones. Doce) Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para venderlo a terceros. Trece) La construcción de una o más centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales. Catorce) Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica. Quince) Efectuar toda clase de inversión y celebrar todo tipo de actos y contratos traslaticios o de mera tenencia, relativo a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, destinados a adquisición, explotación, comercialización y administración, y que digan relación con cualquiera de los objetos y giros antes referidos. Dieciséis) Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación de cualquier tipo. Diecisiete) Realizar todos los actos y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los socios efectuar; (Cinco) Capital: 5.484.199,77 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en 3.626.968.353 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegios, íntegramente suscrita y pagadas; (Seis) Fecha de otorgamiento, nombre y domicilio del notario que autorizó la escritura de constitución, así como el registro y número de rol o folio en que se ha protocolizado dicho instrumento: Escritura pública de fecha 19 de enero de 2017, otorgada en la Notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, repertorio número 636-2017, sin perjuicio de modificaciones posteriores, la última de las cuáles consta en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 29 de junio de 2022.