LOS LEONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2016
- Comuna
- Lautaro
Sociedad
- Capital
- $2.005.521.131 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Antonieta Suárez Castro, notario Lautaro, Matta 962, deja constancia que: por escritura pública hoy, ante mí, ADRIAN ELIBERTO ELGUETA PEREZ, casado, transportista y agricultor, cédula de identidad N°12.706.057-6, domiciliado en O”Higgins 1444, Lautaro, y JAVIER NICOLAS GARCIA CASTELLON, casado, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N°7.002.997-9, en representación de AGRICOLA RIO PERQUENCO LIMITADA, rol único tributario N°79.701.520-2, ambos domiciliados en el fundo Vertientes, comuna de Perquenco, modifican sociedad LOS LEONES SpA, rut N°76.576.673-7, constituida por escritura pública de 27 de mayo de 2016, otorgada en la notaría de Temuco de Carlos Alarcón Ramírez, extracto inscrito a fojas 44 vuelta N°40, Registro Comercio Lautaro, año 2016, y publicado en Diario Oficial de 8 de junio de 2016, en el sentido que se aumenta el capital en la cantidad de $2.005.521.131, emitiéndose la cantidad de 2005.521.131 acciones, sin valor nominal, de una sola vez, por el valor de un peso por acción, aportadas en el acto por Agrícola Rio Perquenco Limitada, mediante el aporte en dominio de los predios y sus inmuebles por adherencia, que se singularizan en el primer artículo transitorio de la escritura extractada, como sigue: APORTE DE BIENES RAICES: El socio Agrícola Río Perquenco Limitada, es propietario exclusiva de los siguientes inmuebles: Uno) La Parcela número uno del Proyecto de Parcelación Media Luna, de una superficie aproximada de treinta coma seis hectáreas, ubicado en la Comuna de Perquenco, con los siguientes deslindes especiales: AL NORTE, La Huacha; AL ORIENTE, Parcela Dos y Sector Reserva; AL SUR, sector Reserva y camino a Galvarino; y AL PONIENTE, camino a Galvarino y La Huacha; y derechos equivalentes a una veintidós ava parte en los Bienes Comunes Generales A y B del mismo Proyecto de Parcelación, en comunidad con los demás adquirientes de las Parcelas del Proyecto, con los siguientes deslindes: BIEN COMUN GENERAL A, comprende bodega, con una superficie aproximada de una coma nueve hectáreas: NORTE, sitio número once y Parcela número seis; ORIENTE, Parcela número seis; SUR, sitio número doce; y PONIENTE, camino interior; BIEN COMUN GENERAL B, compre sala ordeña, con una superficie aproximada de cero coma seis hectáreas; NORTE, Parcela número diecisiete; ORIENTE, Parcela número dieciséis, camino por medio; SUR, camino por medio; y PONIENTE, Parcela número diecisiete. Adquirió estas propiedades por compra que hizo a don Hernan Mauricio Gotschlich Werner, mediante escritura pública otorgada en esta ciudad, Notario Eduardo Diez Morello, de fecha primero de abril de mil novecientos noventa y uno. El título de dominio está inscrito a fojas ciento dieciocho vuelta número ciento ochenta y ocho del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos noventa y uno. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres raya veinticuatro comuna de Perquenco. Dos) Lote A, de una superficie de treinta coma diez hectáreas, resultante de la subdivisión de la Parcela Número Dos, del Proyecto de Parcelación Media Luna, Comuna de Perquenco, según plano archivado bajo el número veintinueve, final Registro Protocolo Lautaro año mil novecientos noventa y tres, tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE, La Huacha y El Manzano; ORIENTE, Parcela veinte, parcela tres; SUR, sector reserva y Lote B del plano de subdivisión; PONIENTE, Parcela uno y La Huacha. El título de dominio está inscrito a fojas mil trecientos ochenta y tres número mil ciento cuarenta y cuatro del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil siete. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión veintinueve, comuna Perquenco. Tres) Los siguientes bienes ubicados en el Proyecto de Parcelación “Media Luna” de la Comuna de Perquenco: Parcela Número Cinco, de treinta coma ocho hectáreas que tiene los siguientes deslindes: NORTE, Parcela diecisiete, camino por medio, sitio nueve; ORIENTE, sitios de uno al nueve, parte parcela seis, camino de por medio; SUR, Sector Reserva, PONIENTE, parcela cuatro; SITIO NUMERO UNO de cinco mil metros cuadrados que tiene los siguientes deslindes: NORTE, sitio dos; ORIENTE, camino interior; SUR, sector Reserva; PONIENTE, Parcela cinco; y la DIECIOCHO AVA PARTE SOBRE LOS SIGUIENTES BIENES COMUNES GENERALES: BIEN COMÚN GENERAL “A”(Bodega) con una superficie aproximada de una coma nueve hectáreas y los siguientes deslindes especiales: NORTE, sitito número once y parcela número seis; ORIENTE, parcela número seis; SUR, sitio número doce; PONIENTE, camino interior; BIEN COMUN GENERAL “B” (Sala de Ordeña) con una superficie aproximada de cero coma seis hectáreas y los siguientes deslindes especiales: NORTE, parcela número diecisiete; ORIENTE, parcela número dieciséis camino de por medio; SUR, sitio número nueve con camino de por medio; PONIENTE, parcela número diecisiete. Adquirió estas propiedades por compra que hizo a don Emeterio Navarrete Seguel, por escritura otorgada en Lautaro, Notario Eduardo Diez Morello, de fecha doce de abril mil novecientos noventa. El título de dominio está inscrito a fojas ciento cuarenta y cinco vuelta número doscientos ochenta y siete del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos noventa. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión cero treinta y dos, comuna de Perquenco. Cuatro) El Lote número uno del resto de la Parcela número quince del Proyecto de Parcelación Media Luna, del Fundo Vertientes, comuna de Perquenco, Provincia de Cautín, Novena Región, de una superficie aproximada de dos hectáreas, con los siguientes deslindes especiales: NORTE, Río Perquenco; ORIENTE, resto de parcela quince; SUR, resto de parcela quince; y PONIENTE, Parcela dieciocho. Lo adquirió por aporte que le hicieron sus socios don Arturo Garcia Castellón y don Javier Nicolas Garcia Castellón a la Sociedad Agrícola Rio Perquenco Limitada. El título de dominio corre inscrito a fojas treinta y dos vuelta, número cincuenta y uno del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos ochenta y siete. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión doscientos ocho, comuna de Perquenco. Cinco) Parcela número diecisiete de una superficie de treinta y tres coma seis hectáreas, ubicada en la Comuna de Perquenco, y con los siguientes deslindes especiales: NORTE, parcela número dieciocho; ORIENTE, Bien Común Especial parcela número dieciséis camino de por medio; SUR, Bien Común Especial parcela número cuatro y cinco de por medio; y PONIENTE, parcelas número diecinueve y veintiuno. y b) Sitio número diez del mismo Proyecto de Parcelación “Media Luna” comuna de Perquenco, de una superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales: NORTE, parcela número seis; ORIENTE, parcela número seis; SUR, sitio once; y PONIENTE, camino interior, Adquirió estos bienes por compra que hizo a doña María Elena Parada Retamal, mediante escritura pública otorgada en Lautaro, Notario María Antonieta Suarez Castro, de fecha diez de septiembre del mil novecientos noventa y ocho. El título de dominio rola inscrito a fojas dos mil noventa vuelta número mil ciento setenta y cuatro del Registro de Propiedad de Lautaro, año mil novecientos noventa y ocho. El rol de avalúo es el número doscientos treinta y tres guión cuarenta y cuatro, de la comuna de Perquenco. Seis) Un retazo de terreno que tiene una superficie aproximada de ocho hectáreas, que es parte de la Parcela número veinte del Proyecto de Parcelación “Media Luna”, comuna de Perquenco, Provincia de Cautín y tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE, parcela veintiuno; SUR, parcela veinte; ORIENTE, parcela diecinueve; y PONIENTE, parcela número veinte. Lo adquirió por compra que le hizo a doña Brunilda del Carmen Sepulveda Urrutia, según escritura de fecha veintisiete de febrero del año dos mil ocho, otorgada en la Notaría de Lautaro, Notario María Antonieta Suarez Castro. El título de dominio rola inscrito a fojas setecientos veinticinco número cuatrocientos sesenta y cuatro del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil ocho. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento uno, de la comuna de Perquenco. Siete) Lote A-Uno, resultante de la subdivisión del Lote A, que resulto a su vez de la división de la Parcela número veinte del Proyecto de Parcelación Media Luna de la comuna de Lautaro, según plano que corre archivado bajo el número ciento cuarenta y cuatro final Registro de Protocolo Lautaro del año mil novecientos noventa y seis, dicho tiene una superficie de dos coma sesenta y seis hectáreas y deslinda: AL NORTE: con Parcela veinte Lote A del plano de subdivisión; ORIENTE, con parcela veinte Lote A del plano de subdivisión; SUR, con parcela número veinte Lote A del plano de subdivisión y Lote B de la Parcela número veinte, y PONIENTE, con Fundo El manzano estero de por medio.- b) Lote A-Dos, resultante de la misma subdivisión, de una superficie de dos coma setenta y una hectáreas que deslinda: AL NORTE, con parcela número veinte Lote A del Plano de subdivisión; ORIENTE, con parcela número veinte Lote A del plano de subdivisión, y SUR Y PONIENTE, con parcela número veinte del Lote A del plano de subdivisión.- c) Acciones y derechos que recaen sobre dieciocho ava parte del BIEN COMUN GENERAL “B” (Sala de Ordeña), con una superficie aproximada de cero coma seis hectáreas y los siguientes deslindes especiales: NORTE, Parcela número dieciséis camino de por medio; SUR, sitio número nueve con camino de por medio; PONIENTE, Parcela número diecisiete. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Juan De La Cruz Moreno, mediante escritura pública otorgada Notario de Lautaro, María Antonieta Suarez Castro, de fecha nueve de mayo de mil novecientos noventa y seis. El título de dominio rola inscrito a fojas seiscientos cincuenta y tres vuelta número seiscientos treinta y ocho del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos noventa y seis. El Roles de Avalúos números doscientos treinta y tres guión ciento doce, y doscientos treinta y tres guión ciento trece, ambos de la Comuna de Perquenco. Ocho) Lote A tres, en que se subdivido el resto del Lote A de la parcela número veinte del Proyecto de Parcelación Media Luna, de Perquenco, según consta del plano, memoria explicativa y certificado del SAG archivado bajo el número cincuenta y cuatro, final del protocolo Lautaro, del año mil novecientos noventa y nueve, dicho lote tiene una superficie de dos coma cuarenta y cinco hectáreas, deslinda: NORTE, con Lote A dos y Lote A de la parcela numero veinte de la presente subdivisión; SUR, con Lote A de la parcela número veinte de la presente subdivisión, ORIENTE, con Lote A de la parcela número veinte de la presente subdivisión y PONIENTE, con Lote A de la parcela número veinte de la presente subdivisión. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Juan de La Cruz Moreno, según escritura otorgada en Lautaro, con fecha veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, Notario Amalia Valdebenito Salgado, Suplente del Titular doña María Antonieta Suarez Castro. El título de dominio rola inscrito a fojas setenta y dos vuelta número noventa y dos del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos noventa y nueve. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento catorce, comuna de Perquenco. Nueve) Lote A Cuatro, en que se subdividió el Resto del Lote A de la Parcela número Veinte del Proyecto de Parcelación Media Luna, de Perquenco, según costa del plano memoria explicativa y certificado del SAG, archivado bajo el número cincuenta y cuatro, final del Protocolo Lautaro del año mil novecientos noventa y nueve, dicho Lote tiene una superficie de Uno coma sesenta y cinco hectáreas y deslina: NORTE, con lote A uno, lote A de la parcela número veinte de la presente subdivisión; SUR, Lote B de la parcela número veinte; ORIENTE, con lote A de la parcela número veinte de la presente subdivisión; y PONIENTE, lote B de la parcela número veinte. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a Juan De La Cruz Moreno, según escritura otorgada en Lautaro, con fecha veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y ocho; Notario Amalia Valdebenito Salgado, Suplente del Titular doña María Antonieta Suarez Castro. El título de dominio rola inscrito a fojas setenta y tres número noventa y tres del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos noventa y nueve. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento quince, comuna de Perquenco. Diez) Sitio número siete de una superficie aproximada de cuatro mil metros cuadrados, en Perquenco, Fundo “Vertientes”, siendo sus deslindes especiales los siguientes: NORTE, sitio número ocho; SUR, sitio número seis; ORIENTE, camino de por medio, sitio número once y bien común A; PONIENTE, parcela número cinco; y b) Bienes Comunes Generales, ubicados en el Proyecto de Parcelación “Media Luna” de la Comuna de Perquenco, con los siguientes deslindes y dimensiones: Uno: Bien Común General “A”: Bodega: tiene una superficie aproximada de uno coma nueve hectáreas y los siguiente deslindes particulares, según títulos: NORTE, parcela número diecisiete; ORIENTE, parcela número dieciséis, camino de por medio; SUR, sitio número nueve, camino de por medio; y PONIENTE, parcela número diecisiete, y dueño además de las dos veintidós avas partes de los bienes comunes o generales del proyecto de Parcelación Media Luna, ubicados en la comuna de Perquenco, que inciden en el bien común general A, debidamente individualizado anteriormente, y en el bien común general B, consistente en sala de ordeña de una superficie aproximada de cero coma seis hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE, parcela diecisiete; ORIENTE, parcela dieciséis camino de por medio; SUR, sitio número nueve camino de por medio; y PONIENTE, parcela número diecisiete. Adquirió estas propiedades por compra que hizo a don Alfredo Antonio Retamal Santibañez, mediante escritura pública otorgada en Lautaro, Notario Amalia Valdebenito Salgado, Suplente del Titular don Eduardo Diez Morello, de fecha once de noviembre de mil novecientos noventa y dos. El título de dominio rola inscrito a fojas seiscientos ochenta vuelta número mil ciento sesenta y nueve del Registro de Propiedad de Lautaro, año mil novecientos noventa y dos. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres raya treinta y seis de la comuna de Perquenco. Once) Sitio Número Nueve del Proyecto de Parcelación “Media Luna” ubicado en la comuna de Perquenco, Provincia de Cautín, que tiene una superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados y que tiene los siguientes deslindes especiales según sus títulos: NORTE, Bien Común “B” Especial, camino de por medio; ORIENTE, camino interior; SUR, parcela número cinco, PONIENTE, parcela número cinco. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a doña Amanda Brun Frey, mediante escritura pública otorgada en Lautaro, Notario Eduardo Diez Morello, de fecha diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y dos. El título de dominio está inscrito a fojas seiscientos ochenta y uno número mil setenta del Registro de Propiedades de Lautaro, año mil novecientos noventa y dos. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres raya treinta y cuatro de la Comuna de Perquenco. Doce) Sitio número Once del Proyecto de Parcelación “Media Luna”, de la Comuna de Perquenco, Provincia de Cautín, que tiene una superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales, según sus títulos: NORTE, sitio diez; ORIENTE, parcela número seis; SUR, Bien Común General “A”; y PONIENTE, camino de por medio, sitio número siete; b) Una veintidós ava parte en lo Bienes Comunes Generales, ubicados también en el Proyecto de Parcelación Media Luna de la Comuna de Perquenco, con los siguientes deslindes y dimensiones: Uno: Bien Común General A: BODEGA: Tiene una superficie aproximada de Uno coma nueve hectáreas y los siguientes deslindes particulares, según títulos: NORTE, sitio número once y parcela número seis; ORIENTE, parcela número seis; SUR, sitio número doce; y PONIENTE, camino interior. Dos: Bien Común General B: SALA DE ORDEÑA: Tiene una superficie aproximada de cero coma seis hectáreas y los siguientes deslindes particulares, según títulos: NORTE, parcela número diecisiete, ORIENTE, parcela número dieciséis, camino de por medio; SUR, sitio número nueve, camino de por medio; y PONIENTE, parcela número diecisiete. Adquirió estos bienes por compra que hizo a don Alfredo Antonio Retamal Santibañez, mediante escritura pública otorgada en Lautaro, Notario Amalia Valdebenito Salgado, Suplente del Titular don Eduardo Diez Morello, de fecha once de noviembre de mil novecientos noventa y dos. El título de domino rola inscrito a fojas seiscientos setenta y nueve vuelta número mil sesenta y ocho del Registro de Propiedad de Lautaro, año mil novecientos noventa y dos. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres raya treinta y seis, comuna de Perquenco. Trece) Lote número A-Cinco, en que se subdividió el resto de la Parcela número veinte del Proyecto de Parcelación Media Luna de la Comuna de Perquenco, según Plano y Memoria Explicativa y Certificado del SAG, que se encuentra archivado bajo el número ciento diecinueve final del Registro de Protocolo de Lautaro del año dos mil uno, dicho lote tiene una superficie de tres coma veinticinco hectáreas de superficie y deslinda: NORTE, parcela número veintidós, estero de por medio; ORIENTE, con Lote A de la presente subdivisión; SUR, con Parcela número A-Uno de propiedad Agrícola Río Perquenco; y PONIENTE, con fundo El Manzano, estero de por medio. Adquirió por compra que le hizo a don Juan De La Cruz Moreno, según escritura pública de fecha veintisiete de abril del año dos mil uno, otorgada en la Notaria de Lautaro de doña María Antonieta Suarez Castro. El título de dominio rola inscrito a fojas doscientos treinta y siete vuelta número trescientos catorce del Registro de Propiedad Lautaro del año dos mil uno. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento veintisiete, de la Comuna de Perquenco. Catorce) Lote A-Seis, de una coma nueve hectáreas de superficie, ubicado en el Proyecto de Parcelación “Media Luna” de Perquenco, y según plano, Certificado de Subdivisión del Servicio Agrícola y Ganadero, y Memoria Explicativa que se dejaron archivados bajo el Número Siete al final del Registro de Instrumentos Públicos de Lautaro, año dos mil cinco, dicho Lote vendido tiene los siguientes deslines especiales: NORTE, parcela número veintidós estero de por medio; ORIENTE, Lote A de la presente subdivisión, y PONIENTE, con Lote A-Cinco de propiedad de Agrícola Río Perquenco Limitada. Adquirió por compra que le hizo a Juan De La Cruz Moreno, según escritura pública de fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil cuatro, otorgada en la Notaria de Lautaro de Notario María Antonieta Suarez Castro. El título de dominio rola inscrito a fojas ciento diecisiete número ciento treinta y ocho del Registro de Propiedad de Lautaro, año dos mil cinco. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento cincuenta y cuatro de la Comuna de Perquenco. Quince) Lote A guión Ocho, en que se subdividió el Resto de la Parcela Número Veinte, del Proyecto de Parcelación “Media Luna” ubicado en la Comuna de Perquenco, según plano y memoria explicativa que se dejan archivados bajo el número quinientos uno al final del Registro de Instrumentos Públicos de Lautaro del año dos mil diecisiete, dicho lote tiene una superficie de nueve coma treinta hectáreas y los siguientes deslindes especiales: NORTE, con Lote A del Plano de Subdivisión; ORIENTE, retazo de ocho hectáreas y parcela número Diecinueve; SUR, Parcela número Tres y Lote B; PONIENTE, con Lote A del Plano de Subdivisión. Adquirió por compra que le hizo a doña María Margarita Montes Reyes, doña Victoria Pilar Moreno Montes, doña Juana Angelica Moreno Montes, don Jaime Mauricio Moreno Montes, doña María Cecilia Moreno Montes, don Juan Eleodoro Moreno Montes, don Audilio Enrique Moreno Montes, y don Eduardo Jesus Moreno Montes, según escritura pública otorgada en la Notaría de Lautaro, ante doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha quince de mayo del año dos mil diecisiete. El título de dominio rola inscrito a fojas mil cincuenta y cuatro número mil cuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año dos mil diecisiete. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión doscientos nueve, de la comuna de Perquenco. Dieciséis) Lote “B” con una superficie aproximada de siete coma ocho hectáreas, en que se dividió la Parcela número veinte del Proyecto de Parcelación Media Luna de la comuna de Perquenco, y según plano que corre archivado bajo el número setenta y seis al final del Protocolo cargo año mil novecientos noventa y cuatro dicho lote tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE, lote A del plano de subdivisión; ORIENTE, lote A del plano de subdivisión y parcela número tres; SUR, parcela número tres y dos, estero de por medio; y PONIENTE, parte parcela número dos y fundo El Manzano Estero de por medio. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Juan De La Cruz Moreno, mediante escritura pública otorgada en Lautaro, Notario María Antonieta Suarez Castro, de fecha dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y cuatro. El título de dominio rola inscrito a fojas doscientos dieciocho número tres mil ciento dos del Registro de Propiedad de Lautaro, año mil novecientos noventa y cuatro. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres raya cuarenta y siete, de la comuna de Perquenco. Diecisiete) LOTE NÚMERO UNO, en que se subdividió en el retazo de la Parcela número veintiuno del Proyecto de Parcelación “Media Luna”, de la comuna de Perquenco, quedando dicho lote con una superficie de nueve coma sesenta hectáreas, con los siguientes deslindes especiales: NORTE, con Río Perquenco; SUR, con lote dos del Plano de subdivisión; ORIENTE, con parcela número dieciocho; y PONIENTE, con la misma parcela hoy Lote C de la parcela número veintiuno. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Eudilio Waldo Osses Peña, mediante escritura pública otorgada ante el notario de Lautaro, María Antonieta Suarez Casteo, de fecha siete de septiembre de mil novecientos noventa y cuarto. El título de dominio rola inscrito a fojas novecientos sesenta y dos vuelta número mil cuarenta y tres del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos noventa y cuatro. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión noventa y nueve, de la comuna de Perquenco. Dieciocho) Lote DOS de una superficie de trece coma cuatro hectáreas, ubicado en el Proyecto de Parcelación Media Luna de Perquenco de superficie, ubicado en el Proyecto de Parcelación Media Luna de Perquenco, comuna de Perquenco, y según Plano Memoria Explicativa y Certificado del SAG, que se encuentra archivado con el número doscientos uno al final del Protocolo de Lautaro, año mil novecientos noventa y cuatro, dicho Lote vendido tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE, con Lote Uno del Plano de Subdivisión de propiedad del comprador; SUR, con resto de la misma parcela número veintiuno con estero de por medio; ORIENTE, con parcela dieciocho; y PONIENTE, con la misma parcela hoy Lote A, de la parcela veintiuno. Adquirió esta propiedad por compra que le hizo a don Eudilio Waldo Osses Peña, mediante escritura pública otorgada ante el notario de Lautaro, María Antonieta Suarez Casteo, de fecha diez de marzo del año dos mil. El título de dominio rola inscrito a fojas doscientos diez número doscientos treinta y ocho del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión noventa y nueve, comuna de Perquenco. Diecinueve) Lote A-UNO-A UNO en que se subdividió el resto que queda de la Parcela número veintiuno, ubicado en el Proyecto de Parcelación Media Luna, comuna de Perquenco, dicho resto hoy denominado LOTE A-UNO-A, según plano, memoria explicativa y certificado del SAG, que se dejan archivadas bajo el número ciento veintitrés, final del Registro de Instrumentos Públicos de Lautaro año dos mil nueve y deslinda: NORTE, Lote C parcela veintiuno, separada por cerco en cien coma ochenta y cinco metros con servidumbre de transito por medio; ESTE, Lote A uno B de Agrícola Río Perquenco Limitada, en trescientos catorce coma veintidós metros; SUR, Lote A Uno Dos de la presente subdivisión en ciento dos coma sesenta y cinco metros; OESTE, Lote A Uno A Dos de la presente subdivisión en trescientos tres coma ochenta metros. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Luis del Transito Caamaño Moreno, según escritura pública otorgada en la Notaria de Lautaro ante doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha veintidós de mayo del año dos mil nueve. El título de dominio rola inscrito a fojas mil setecientos treinta y cuatro número novecientos cuarenta y nueve del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil nueve. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión cuarenta y ocho. Veinte) Lote A-Uno-B, en que se subdividió el resto de la Parcela número veintiuno del Proyecto de Parcelación Media Luna de la comuna de Perquenco, según Plano, Memoria Explicativa y Certificado del SAG., que se encuentran archivados bajo el número trescientos dieciséis final Registro de Instrumentos Públicos de Lautaro del año dos mil tres, dicho lote tiene una superficie de tres coma treinta hectáreas y cuyos deslindes especiales son: NORTE, en ochenta y tres metros con lote C de la Parcela veintiuno; ORIENTE, en cuatrocientos dos metros con lote A-Dos de la Parcela veintiuno; SUR, en setenta y nueve metros con las parcelas diecinueve y veinte, estero de por medio; y PONIENTE, en cuatrocientos catorce metros con lote A-Uno-A del plano de subdivisión. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Luis del Transito Caamaño Moreno, según escritura pública otorgada en la Notaria de Lautaro ante doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha veintiuno de octubre del año dos mil tres. El título de dominio rola inscrito a fojas mil quinientos veintidós vuelta número mil ciento nueve del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil tres. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento cuarenta. Veintiuno) Lote número A-Dos, en que se subdividió el resto de la Parcela número veintiuno del Proyecto de Parcelación Media Luna de la Comuna de Perquenco, según Plano y Memoria Explicativa y Certificado del SAG., que se encuentran archivados bajo el número ciento veintiuno final del Registro de Protocolo de Lautaro del año dos mil uno, dicho lote tiene una superficie de tres coma noventa hectáreas de superficie y deslinada: NORTE, con Lote C; ORIENTE, con retazo de veintitrés hectáreas; SUR, con parcela número veintiuno A; y PONIENTE, con Lote A Uno de la presente subdivisión. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Luis del Transito Caamaño Moreno, según escritura pública otorgada en la Notaria de Lautaro ante doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha dieciséis de marzo del año dos mil uno. El título de dominio rola inscrito a fojas doscientos treinta y ocho vuelta número trescientos quince del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil uno. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento veintiocho, de la comuna de Perquenco. Veintidós) Lote C, con una superficie de siete coma ocho hectáreas, en que se dividió la Parcela número Veintiuno del Proyecto de Parcelación Media Luna, de la comuna de Perquenco, según plano que corre archivado bajo el número ciento once al final del Protocolo a mi cargo año mil novecientos noventa y cuatro, y con los siguientes deslindes especiales: NORTE, con Río Perquenco; SUR, con Lote A del plano de subdivisión en una parte separado por camino interior, del Proyecto de Parcelación Media Luna; Oriente, con retazo de veintitrés hectáreas vendido; y PONIENTE, con parcela número veintidós. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don don Luis del Transito Caamaño Moreno, según escritura pública otorgada en la Notaria de Lautaro ante doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha veintinueve de abril de mil novecientos noventa y cuatro. El título de dominio rola inscrito a fojas doscientos setenta y ocho vuelta número cuatrocientos treinta y cinco del Registro de Propiedad de Lautaro del año mil novecientos noventa y cuatro. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres raya ciento ocho, de la comuna de Perquenco. Veintitrés) Sitio Número Dos que tiene una superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados, siendo sus deslindes especiales los siguiente: NORTE, sitio tres; ORIENTE, camino interior; SUR, sitio uno; PONIENTE, Parcela cinco. Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Juan De La Cruz Moreno, mediante escritura pública otorgada en Lautaro, Notario Amalia Valdebenito Salgado, suplente del Titular don Eduardo Diez Morello, de fecha diez de Noviembre de mil novecientos noventa y dos. El título de dominio rola inscrito a fojas quinientos cuarenta vuelta número ochocientos veintitrés del registro de Propiedad de Lautaro año mil novecientos noventa y dos. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres raya cuarenta y siete de la comuna de Perquenco. Veinticuatro) Parcela veintiuno A del Proyecto de Parcelación Media Luna de Perquenco, según plano que corre archivado bajo el número cuatrocientos veintiséis al final del Registro de Propiedad de Lautaro, año mil novecientos noventa y cinco, tiene una superficie aproximada de nueve coma cincuenta hectáreas físicas y los siguientes deslindes especiales: NORTE, con estero sin nombre que la separa en parte del resto de la parcela número veintiuno del señor Caamaño, en parte del retazo de terreno de la misma parcela número veintiuno al señor Eudilio Osses P y en parte de la Parcela número dieciocho, todas del proyecto “Media Luna”, ORIENTE, en parte con parcela número dieciocho y en parte con Parcela número diecisiete, ambas del proyecto “Media Luna”, SUR, con parcela número diecinueve del proyecto Media Luna, y PONIENTE, con parcela número diecinueve del Proyecto Media Luna. Adquirió esta propiedad por compra que le hizo a don Aladin Evaristo Osses Peña, mediante escritura pública otorgada Notaría de Lautaro de doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha veintisiete de septiembre del año dos mil. El título de dominio rola inscrito a fojas novecientos veintisiete número novecientos cuarenta y cuatros del registro de Propiedad de Lautaro año dos mil. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión cuarenta y ocho, de la comuna de Perquenco. Veinticinco) El LOTE A UNO A DOS, en que se subdividió el resto que queda de la Parcela Número Veintiuno, ubicado en el Proyecto de Parcelación Media Luna, comuna de Perquenco, según consta de plano, memoria explicativa y certificado del SAG que se encuentra archivados bajo el número trescientos dieciséis al final del registro de Instrumentos Públicos del año dos mil tres , y tiene una superficie de Tres coma treinta hectáreas, y deslinda: NORTE, Lote C parcela veintiuno, separada por cerco; ESTE, parte con lote A Uno A uno de la presente subdivisión en trescientos tres coma ochenta metros y Lote A Uno V de Agrícola Rio Perquenco Ltda. En noventa y nueve coma setenta y cinco metros; SUR, estero, que separa de la Parcela veinte; OESTE, Parcela veintidós hoy lote veintiuno B, separado por cerco en cuatrocientos sesenta y tres metros. Adquirió esta propiedad por compra que le hizo a don Luis Del Transito Caamaño Moreno, mediante escritura pública otorgada en Lautaro, ante la Notario Luisa Hernandez Ovalle, Notario Suplente de la Titular doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha dieciséis de abril de dos mil quince. El título de dominio rola inscrito a fojas quinientos cincuenta y nueve vuelta número quinientos cincuenta y ocho del registro de Propiedad de Lautaro año dos mil quince. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y ocho guión cuarenta y ocho, comuna Perquenco. Veintiséis) Lote B quedado a la subdivisión de la parcela numero veintiuno guion B, del proyecto de Parcelación, de nueve coma cincuenta y cinco hectáreas de superficie, y según plano que corre archivado bajo el número trescientos veinticinco al final del Protocolo a mi cargo correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, dicho lote vendido se encuentra ubicado en el Proyecto de Parcelación Media Luna de Perquenco, y tiene los siguientes deslindes: AL NORTE, con río Perquenco: ORIENTE, con Parcela veintiuno del Proyecto Media Luna: SUR, con Lote A del Plano de loteo, PONIENTE, con Fundo Santo domingo de la comunidad Menke.- Adquirió esta propiedad por compra que hizo a don Luis Del Transito Caamaño Moreno, , mediante escritura pública otorgada en Lautaro, Notario María Antonieta Suarez Castro, de fecha veintiocho de Noviembre de mil novecientos noventa y cinco. El título de dominio rola inscrito a fojas ochenta y uno vuelta número doce del registro de Propiedad de Lautaro año mil novecientos noventa y nueve. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento diez, de la Comuna de Perquenco. Veintisiete) Lote B, de diez coma ochenta hectáreas de superficie en que se subdividio la Parcela número diecinueve del Proyecto de Parcelación Media Luna de la comuna de Perquenco, según consta de Plano, Memoria Explicativa y Certificado del Sag, archivados bajo el número cientos dos al final del Registro de Protocolo de Lautaro del año dos mil siete, dicho tiene los siguientes deslindes: NORTE, Parcela veintiuno A; ORIENTE, parcela diecisiete; SUR, con Lote A de la presente subdivisión; y PONIENTE, Parcela veinte. Adquirió por compra que hizo a don Aldadín Evaristo Osses Peña, mediante escritura pública otorgada Notaría de Lautaro ante doña María Antonieta Suarez Castro, de fecha veinticinco de mayo de dos mil siete. El titulo de dominio rola inscrito a fojas seiscientos cuarenta y uno número quinientos setenta y cinco del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil siete. El Rol de avalúo es el número doscientos treinta y tres guión ciento sesenta y tres. Veintiocho) Lote A, resultante de la subdivisión de la Parcela número diecinueve, del Proyecto de Parcelación Media Luna, comuna de Perquenco, Provincia de Cautín, Novena Región, según plano, memoria explicativa y certificado del Sag, que se archivaron con el número ciento dos en el Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil siete, tiene una superficie de veinticinco coma noventa hectáreas de superficie aproximada, que deslinda en especial: NORTE, con lote B de la presente subdivisión; ORIENTE, parcela diecisiete; SUR, camino interior por medio parcela cuatro y tres; PONIENTE, parcela veinte. Adquirió esta propiedad por compra que le hizó a don Aladin Evaristo Osses Peña, mediante escritura pública de fecha diecisiete de junio de dos mil trece. El título de dominio rola inscrito a fojas ochocientos veinticinco número ochocientos ochenta y ocho del Registro de Propiedad de Lautaro del año dos mil trece. El Rol de Avalúo es el número doscientos treinta y tres guión cuarenta y seis. II:- A todos los inmuebles individualizados en este artículo transitorio se les asignan los siguientes valores para efectos del aporte: al individualizado en el numeral Uno).- un valor de doscientos cincuenta y siete millones ciento cuarenta mil ochocientos cincuenta y siete pesos; al individualizado en el numeral Dos).- un valor de doscientos veintiséis millones cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y uno pesos; al individualizado en el numeral Tres) un valor de doscientos setenta y ocho millones quinientos treinta y tres mil ochocientos veintisiete pesos; al individualizado en el numeral Cuatro) un valor de quince millones setecientos treinta y siete mil trescientos doce pesos; al individualizado en el numeral Cinco) un valor de doscientos setenta y nueve millones novecientos ochenta y tres mil trescientos noventa y seis pesos; al individualizado en el numeral Seis) un valor de sesenta y dos millones setecientos diecinueve mil ochocientos treinta y ocho pesos; al individualizado en el numeral Siete) un valor de cuarenta y un millones diecinueve mil quinientos diez pesos; al individualizado en el numeral Ocho) un valor de diecinueve millones seiscientos setenta y un mil ciento quince pesos; Nueve) un valor de doce millones ochocientos treinta y tres mil seiscientos treinta y cinco pesos; al individualizado en el numeral Diez) un valor de tres millones setecientos cincuenta y dos mil setecientos dos pesos; al individualizado en el numeral Once) un valor de cuatro millones seiscientos sesenta y dos mil ochocientos setenta y tres pesos; al individualizado en el numeral Doce) un valor de cuatro millones setecientos mil doscientos trece pesos; al individualizado en el numeral Trece) un valor de doce millones trescientos treinta y ocho mil seiscientos cuarenta y seis pesos; al individualizado en el numeral Catorce) un valor de ocho millones trescientos seis mil ochocientos veintiún pesos; al individualizado en el numeral Quince) un valor de quince millones setecientos treinta y siete mil trescientos doce pesos; al individualizado en el numeral Dieciséis) un valor de treinta y siete millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ciento diecisiete pesos; al individualizado en el numeral Diecisiete) un valor de sesenta y siete millones ciento treinta y siete mil seiscientos sesenta y cinco pesos; al individualizado en el numeral Dieciocho) un valor de ciento nueve millones treinta y siete mil seis pesos; al individualizado en el numeral Diecinueve) un valor de veintiséis millones ochocientos ochenta y cinco mil treinta y dos pesos; al individualizado en el numeral Veinte) un valor de veinticinco millones cuatrocientos noventa y cinco mil treinta y ocho pesos; al individualizado en el numeral Veintiuno) un valor de treinta millones ochocientos cincuenta y un mil cuarenta pesos; al individualizado en el numeral Veintidós) un valor de veintiocho millones quinientos sesenta y dos mil trescientos doce pesos; al individualizado en el numeral Veintitrés) un valor de cuatro millones quinientos ochenta y ocho mil ciento noventa y dos pesos; al individualizado en el numeral Veinticuatro) un valor de sesenta millones ochocientos ochenta y cuatro mil trescientos veintiocho pesos; al individualizado en el numeral Veinticinco) un valor de veinte millones setecientos setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y seis pesos; al individualizado en el numeral Veintiséis) un valor de cincuenta y siete millones trescientos cincuenta y tres mil ochocientos pesos; al individualizado en el numeral Veintisiete) un valor de setenta y ocho millones trescientos cincuenta y un mil cuatrocientos treinta pesos; al individualizado en el numeral Veintiocho) un valor de doscientos catorce millones novecientos nueve mil ochocientos ochenta y siete pesos. Ingresando así como nuevo accionista la sociedad AGRICOLA RIO PERQUENCO LIMITADA. De esta manera, el capital de la sociedad es la suma de $2.006.521.131. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe. Lautaro, 4 de julio de 2022.