SERVICIOS EDUCACIONALES ABRACADABRA SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2022
- Repertorio
- 9580-2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, Notario Suplente de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Titular, 8a Notaría Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, Certifico:certifica: Por escritura pública de fecha 22 de junio de 2022 Repertorio N° 9.580-2022 otorgada ante el Titular, doña CAROLINA FRANCISCA CARRAZANA RODRIGUEZ, chilena, soltera, Educadora de Párvulos, domiciliada en calle La Gloria N°115 departamento 1004, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, saneó conforme Ley 19.499 escritura de Modificación de Sociedad “SERVICIOS EDUCACIONALES ABRACADABRA SpA” de fecha 9 de mayo de 2022 otorgada en esta misma Notaria, esto es, la Octava Notaria de Santiago con oficio en calle Huérfanos 941 local 302 comuna y ciudad de Santiago, ante su Notario Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, Notario Suplente del Titular don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY sociedad inscrita a fojas a fojas 44.700 bajo el número 29.590 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, escritura conforme a la cual la comparecientes en ella saneó la citada escritura en los siguientes términos: a) Por haber incurrido en error de transcripción en el extracto de la referida escritura inscrito a fojas 45.288 N°20.361 en el Registro de Comercio Santiago año 2022 y publicado en el Diario Oficial según lo ya señalado en el número anterior, al haberse señalado erróneamente en el referido extracto que la fecha de la escritura extractada y en este sentido lo correcto y qué debe decir el extracto después de la palabra “certifica” es lo siguiente: “Por escritura pública fecha nueve de mayo de dos mil veintidós repertorio seis mil seiscientos noventa y ocho guion dos mil veintidós”; b) Asimismo, la compareciente vienen en viene en sanear conforme lo establecido en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve por haber incurrido en omisión de publicación dentro de plazo legal en el Diario Oficial del extracto inscrito a fojas a fojas cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y ocho número veinte mil trescientos sesenta y uno del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintidós, subsanando así dicha omisión de publicación del referido extracto, manteniéndose intactas todas las estipulaciones señaladas en la mencionada escritura de modificación de sociedad ya citada y que se sanea por este acto quedando como sigue: “La única accionista a la fecha por este acto modifica cláusula octava del Titulo Tercero de los estatutos sociales referente a la administración de la sociedad en el sentido que a partir de esta fecha la sociedad será administrada por doña CAROLINA FRANCISCA CARRAZANA RODRIGUEZ cédula de identidad número doce millones doscientos cuarenta y tres mil noventa y siete guion ocho, quien detentará además la calidad de Gerente General de la sociedad también y quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos que ella celebre, con las más amplias facultades señaladas y contenidas en el artículo primero transitorio del pacto social las que se dan por íntegramente reproducidas”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 1 de julio de 2022.