MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PEONIAS VICTORIA SpA

RUT 76519510-1 CVE 2156130
Fecha instrumento
29 de junio de 2022

Instrumento

Fecha
29 de junio de 2022
Repertorio
3278-2022

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLAS ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de Osorno, don ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, con oficio en calle Nueva Mackenna N° 871, oficina 102, de la comuna de Osorno; certifica por escritura, otorgada con fecha 29 de Junio de 2022, Repertorio N° 3278-2022, ante mí, ERIC ARTURO ALVAREZ LANDEROS, chileno, casado, Abogado, cedula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos treinta y nueve mil ciento cuarenta y seis guión cinco, domiciliado en calle Francisco Bilbao número mil ciento veintinueve oficina número mil cuatrocientos dos guión B de la ciudad de Osorno, en representación de PEONIAS VICTORIA SPA, sociedad comercial, Rut número setenta y seis millones quinientos diecinueve mil quinientos diez guión uno, de su mismo domicilio, suscribió escritura Saneamiento vicios formales, que expone lo siguiente: por escritura pública de fecha tres de marzo del año dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Osorno, Abdallah Fernández Atuez, Repertorio número mil once guión dos mil veintidós, se constituyó sociedad PEONIAS VICTORIA SPA, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento dieciséis número cincuenta y cinco del año dos mil veintidós en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno y publicada con fecha once de marzo del año dos mil veintidós en el Diario Oficial. Posteriormente, dicha sociedad fue rectificada por escritura pública de fecha diecisiete de mayo del año dos mil veintidós ante el Notario Público de la ciudad de Osorno, Abdallah Fernández Atuez, Repertorio número dos mil quinientos uno guión dos mil veintidós. De lo expuesto resulta que por una omisión no se practicó la inscripción de la rectificación en el Conservador de Comercio de Osorno, ni la respectiva publicación en el Diario Oficial, dentro del plazo establecido en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio. Con el objeto de sanear este vicio el compareciente, viene en otorgar la presente escritura de saneamiento al amparo de las normas de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, cuyo extracto se inscribirá en el Registro de Comercio de Osorno conjuntamente con el extracto de la presente escritura de saneamiento que se publicará e inscribirá en el Registro citado, quedando de esta forma corregido, para todos los efectos legales, el vicio formal que afecta la rectificación de la sociedad referida. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Osorno, 12 de Julio del 2022.-