MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARENAS Y VECILLA LIMITADA

RUT 76221682-5 CVE 2155652
Fecha instrumento
19 de mayo de 2022
Notaría
Pública

Instrumento

Fecha
19 de mayo de 2022
Notario
JORGE REYES BESSONE
Oficio
Novena Notaría Pública de San Miguel
Comuna
Pública

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha de 19 de mayo de 2022, ante mí, doña Dayenú Xana Vecilla Pérez, cédula nacionalidad de identidad N° 16.097.614-4, en su calidad de cedente; don Diego Alejandro Arenas Donoso N° 12.167.072-0, en su calidad de cesionario; y la sociedad Inversiones El Canelo y Compañía Limitada, rol único tributario N° 76.702.320-0, en su calidad de cesionaria; todos domiciliados en Avenida del Valle Norte 932 oficina 501, Huechuraba, Santiago, y de paso en esta ciudad, modificaron la sociedad ARENAS Y VECILLA LIMITADA, inscrita a fojas 127, N° 89 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quintero del año 2012 (la “Sociedad”), en las siguientes materias: (Uno) La razón social se modificó a Inversiones Chaguales Limitada; (Dos) Se sustituye la cláusula primera de los estatutos por la siguiente: “El nombre o razón social es “Hotelería Chaguales Limitada”, nombre con el cual podrá actuar y funcionar, para todos los efectos legales, comerciales y publicitarios, inclusive con los bancos e instituciones de cualquier clase, sin perjuicio de usar como nombre de fantasía el de ”Chaguales Ltda”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Quintero, sin perjuicio que los socios acuerden establecer agencias, representaciones o sucursales en otros puntos del país”; (Tres) Dayenú Xana Vecilla Pérez, cedió un 15% de la totalidad de los derechos sociales en la Sociedad, a don Diego Alejandro Arenas Donoso; y (Cuatro) Se sustituye íntegramente la Cláusula Cuarta de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, ya pagada, quedando los derechos sociales como sigue: a) don Diego Alejandro Arenas Donoso, con un 65% de los derechos sociales; y b) Inversiones El Canelo y Compañía Limitada, con un 35% de los derechos sociales”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes, conforme a los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 20 de mayo de 2022.