INVERSIONES Y ASESORÍAS JPC SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2022
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 40 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 40 años cada uno. V
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto prestar toda clase de asesoría profesional, consultorías y servicios, particularmente legales, ligados a la asesoría tributaria, contable, comercial, financiera, económica, de administración de negocios, del ámbito de la responsabilidad médica, entre otros; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos similares, afines y complementarios a las profesiones de los socios que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro y otros negocios que los socios acuerden. III
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 30 de junio de 2022, ante mí, i) don Juan Pablo Castro Chaigneau, y ii) doña Marie-Chantal Caussade Margozzini, ambos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo 5420, piso 19, oficina 1903, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago , Región Metropolitana; y el primero como único accionista de la sociedad, según consta en libro de registro de accionista que tuve a la vista, acordaron modificar estatutos de “INVERSIONES Y ASESORÍAS JPC SpA", sociedad inscrita a fojas 84710, número 41550, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2019, en el siguiente sentido: i) Aumento de Capital: Aumentar el capital social desde la suma de $1.000.000 representado por 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una a $2.000.000, mediante un aumento de capital por la suma de $1.000.000, representado por 1.000 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, las cuales son pagadas íntegramente en el mismo acto por doña Marie-Chantal Caussade Margozzini, ingresando como nueva accionista a la sociedad; ii) Modificación Cláusula Capital: “Artículo Quinto: Capital: “El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, divididos en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas según lo previsto en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos.”. iii) Transformación de sociedad y nuevos estatutos: Acordaron transformar la sociedad por acciones “INVERSIONES Y ASESORÍAS JPC SpA" a una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social de “ASESORÍAS PROFESIONALES K2 LIMITADA”, conforme los siguientes estatutos: I. Nombre o Razón Social: “ASESORÍAS PROFESIONALES K2 LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales la sigla comercial o nombre de fantasía de “K2 LTDA”. II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto prestar toda clase de asesoría profesional, consultorías y servicios, particularmente legales, ligados a la asesoría tributaria, contable, comercial, financiera, económica, de administración de negocios, del ámbito de la responsabilidad médica, entre otros; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos similares, afines y complementarios a las profesiones de los socios que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro y otros negocios que los socios acuerden. III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. IV. Duración: La duración de la sociedad será de 40 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 40 años cada uno. V. Capital: $2.000.000, pagados por los socios íntegramente y con anterioridad a este acto, de la siguiente forma: i) don Juan Pablo Castro Chaigneau, con la cantidad de $1.000.000, suma que equivale al 50% del capital y los derechos sociales; y, ii) doña Marie-Chantal Caussade Margozzini, con la cantidad de $1.000.000, suma que equivale al 50% restante del capital y los derechos sociales. VI. Responsabilidad de los Socios: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. VII. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá única y exclusivamente a don Juan Pablo Castro Chaigneau. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de don Juan Pablo Castro Chaigneau, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a doña Marie-Chantal Caussade Margozzini. Demás estipulaciones constan en escritura extractada Santiago, 07 de julio de 2022.-