Transmisora Continental Bío Bío SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2022
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Constituir toda clase de concesiones mineras o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa, celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; constituir, obtener, transferir, comprar, arrenda, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que con fecha 5 de julio de 2022, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio número 20.979-2022, el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Transmisora Continental Bío Bío SpA (la “Sociedad”) celebrada con fecha 24 de junio de 2022, en virtud de la cual, su único accionista, Inversiones Continental Bío Bío SpA, representando la totalidad de las acciones en las que se encuentra dividido el capital social de la referida Sociedad, aprobó ampliar el objeto de la Sociedad; por lo tanto, se modificó y reemplazó íntegramente el Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “a) La generación, compra, venta, distribución, transmisión y comercialización de energía eléctrica en cualquier de sus formas; b) la construcción de redes de distribución de energía hidroeléctrica; c) la prestación de servicios técnicos relacionados a las actividades descritas en la letra a) del presente Artículo; y d) la compra y venta de materiales, equipos e insumos de cualquier clase relacionados con la construcción de líneas de transmisión. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, da y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto. Constituir toda clase de concesiones mineras o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa, celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; constituir, obtener, transferir, comprar, arrenda, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su objeto. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 7 de julio de 2022.