MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD POR ACCIONES FARMACIA ONCOCENTRO SpA

RUT 76790118-6 CVE 2154431
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2022

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2022
Notario
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta extraordinaria de SOCIEDAD POR ACCIONES FARMACIA ONCOCENTRO SpA socio 76790118-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte N° 785, piso 3, Edificio Pamplona, Viña del Mar, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de junio de 2022 ante mí, don JEAN PAUL COUCHOT BAÑADOS, cédula nacional de identidad y rol único tributario 13.990.169-K, domiciliado en Viña del Mar, Avenida la Marina 1702, comuna de Viña del Mar, quien debidamente viene en reducir a escritura pública el acta de Junta extraordinaria de SOCIEDAD POR ACCIONES FARMACIA ONCOCENTRO SpA, RUT 76.790.118-6 de fecha24 de mayo de 2022, cuyo tenor es la siguiente: En la ciudad de Viña del Mar, a 24 de mayo de 2022 siendo las diez horas en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en Agua Santa Número novecientos tres, comuna de Viña del Mar, se celebró la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad por acciones FARMACIA ONCOCENTRO SpA, la que se encuentra inscrita a fojas mil trescientos treinta y seis vuelta número mil ciento sesenta y cuatro del Registro de Comercio del año dos mil dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. I.- ASISTENCIA Y CUMPLIMIENTO DE FORMALIDADES. De conformidad al respectivo registro de asistencia, se encuentran presentes los señores accionistas que a continuación se indican: Uno.) Rodrigo Alberto Peñaloza San Juan, cedula de identidad seis millones setecientos cuatro mil seiscientos noventa y cuatro guión tres, por un total de ochocientas acciones. Dos.) Rodrigo Felipe Peñaloza Loyola, cédula de identidad quince millones ochocientos treinta mil setecientos ochenta y cuatro guión siete, por un total de doscientas acciones. En consecuencia, se encuentran presentes en la Junta un total de mil acciones, lo que representa el cien por ciento o total de las acciones efectivamente suscritas y pagadas con derecho a voto, emitidas por la Sociedad a esta fecha, lo que valida la constitución de la Junta y los acuerdos que se adopten; Tres.) Que, de conformidad a la ley y a los estatutos de la sociedad, sólo pueden participar en la Junta con derecho a voz y voto los titulares de acciones inscritos en el Registro de Accionistas al momento inmediatamente anterior a la celebración de la presente Junta, que son los que constan en la nómina que está a disposición de los asistentes; Cuatro.) Que, encontrándose asegurada la asistencia del 100 por ciento de las acciones emitidas por la Sociedad, las que se encuentran debidamente representadas en la sala, se omitieron las formalidades de la convocatoria y se realiza esta Junta en la ciudad de Viña del Mar por así convenirlo la totalidad de sus accionistas; Cinco.) Que los concurrentes son accionistas que han firmado la Hoja de Asistencia y que todos ellos se encuentran registrados como tales en el Registro de Accionistas de la Sociedad, con anterioridad a la celebración de la presente Junta; Seis.) Que asiste a la presente Junta el Notario Público de Viña del Mar, NATALIA VALERIA RAMIREZ ARANDA, Suplente del titular de don LUIS ENRIQUE FISCHER YÁVAR, en consideración a la materia a ser tratada en la reunión y quien estampará al final de la presente acta el correspondiente certificado de asistencia.- II.- CITACIÓN Y CONVOCATORIA: De conformidad con lo dispuesto por el articulo sesenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y encontrándose personalmente presentes la totalidad de los accionistas de la sociedad y que representan, por ende, el cien por ciento de las acciones emitidas, se ha omitido la citación por medio de la publicación en un diario de la comuna según lo señala los Estatutos. IV. ACUERDOS. Después de deliberar acerca de la proposición de disminuir el capital de la sociedad, por unanimidad de las acciones emitidas por la sociedad, se aprueban los siguientes acuerdos: Uno) Disminución de Capital. Disminuir el capital social a la suma a la suma efectivamente aportada, suscrita y pagada por los accionistas, quedando en consecuencia el capital de la sociedad en la cantidad $20.000.000.-, dividido en 200 acciones de pago, todas nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal. Dos) Cancelación de Acciones. El presidente informa a los accionistas que, de conformidad con el artículo 49 y siguientes del Reglamento de Sociedades Anónimas, se cancelan 800 acciones emitidas y no pagadas dentro del plazo de 3 años, conforme se estipula en el acto de constitución social. Cinco) Modificación Artículo Octavo y Nuevo Artículo Segundo Transitorio. Como consecuencia de la reducción del capital acordado, la Junta acuerda sustituir el artículo Octavo del pacto social por el siguiente: “ARTÍCULO Octavo: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000, dividido en 200 acciones de pago, todas nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal que se suscriben y pagan en la forma y plazos señalados en el Artículo Segundo Transitorio”. Asimismo, la Junta, por unanimidad, acuerda modificar el Artículo Segundo Transitorio al final de los estatutos sociales: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad que asciende a la suma de $20.000.000.-, dividido en 200 acciones de pago, todas nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) don Rodrigo Alberto Peñaloza San Juan suscribió y pagó 100 acciones por una total de $10.000.000.-, con anterioridad a esta fecha. b) don Rodrigo Felipe Peñaloza Loyola suscribió y pagó 100 acciones por una total de $10.000.000., con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones que se indican en la escritura extractada. Viña del Mar a 07 de julio de 2022.