COLVIAS CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2022
- Repertorio
- 16009-2022
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
A consecuencia de lo anterior, se sustituye el Artículo Cuarto Permanente del estatuto, por el siguiente: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá los siguientes objetos: a) La prestación de servicios de asesoría técnica en materia financiera, contable, marketing, jurídico, tributario, recursos humanos, administración, y gestión de servicios, para personas naturales y jurídicas, dentro o fuera de Chile; b) Inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la adquisición y enajenación a cualquier título, arrendamiento y explotación en cualquier forma de bienes muebles o raíces, y en general, el desarrollo de todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y)o en el extranjero, por cuenta propia o ajena; y, c) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: que, con fecha 30 de junio de 2022, Repertorio N° 16.009-2022, ante m í, se reduce a escritura pública una Junta Extraordinaria de Accionistas de COLVIAS CHILE SpA, con asistencia de COLAS S.A., en calidad de único y actual accionista de la sociedad, inscrita a fojas 47.041, Número 23.532, del Registro de Comercio de Santiago, año 2019, quien resolvió modificar el objeto social. A consecuencia de lo anterior, se sustituye el Artículo Cuarto Permanente del estatuto, por el siguiente: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá los siguientes objetos: a) La prestación de servicios de asesoría técnica en materia financiera, contable, marketing, jurídico, tributario, recursos humanos, administración, y gestión de servicios, para personas naturales y jurídicas, dentro o fuera de Chile; b) Inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la adquisición y enajenación a cualquier título, arrendamiento y explotación en cualquier forma de bienes muebles o raíces, y en general, el desarrollo de todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y/o en el extranjero, por cuenta propia o ajena; y, c) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de junio de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.