Volcano SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2022
- Repertorio
- 3844
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Administración
modificaron la administración de la sociedad. Modificación no es materia de extracto. Tres) Modificación de Estatutos: sustituyeron el artículo Sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Sexto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 23 de junio de 2022, Repertorio N°3844, ante mí, José Luis Undurraga Forteza, cédula nacional de identidad N°16.099.921-7, José Tomás Márquez Fuenzalida, cédula nacional de identidad N°18.166.458-4; e, “Inversiones Dosavi SpA”, rol único tributario N°77.146.725-3, debidamente representada, quienes en su calidad de actuales y únicos accionistas, según Registro de Accionistas tenido a la vista, modificaron la sociedad “Volcano SpA”, inscrita a fojas 29.344, número 14.709 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020. Modificaciones consisten en: Uno) Aumento de Capital: aumentaron el capital de la sociedad, de $1.000.000 en la suma de $30.000.000 mediante la emisión de 333 nuevas acciones, quedando el capital total en $31.000.000, dividido en 1.333 acciones. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos. Dos) Modificación de Administración: modificaron la administración de la sociedad. Modificación no es materia de extracto. Tres) Modificación de Estatutos: sustituyeron el artículo Sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Sexto. Capital Social. El capital social asciende a la suma de $31.000.000, dividido en 1.333 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos.”. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de julio de 2022.