MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGROINDUSTRIAL E INVERSIONES CÁRCAMO HERMANOS LIMITADA

RUT 76249136-2 CVE 2152608
Fecha instrumento
30 de agosto de 2012

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2012
Notario
CLAUDIO ENRQIUE MENDOZA LAGOS
Domicilio
Ancud

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ENRQIUE MENDOZA LAGOS, Notario Público Interino de Ancud, certifica: Por escritura pública de fecha dieciocho de febrero de 2022, don FELIX GERALDO CÁRCAMO VELÁSQUEZ, BERNARDO EZEQUIEL CÁRCAMO VELÁSQUEZ, AMBROSIO ORLANDO CÁRCAMO VELÁSQUEZ, NELSON BALBINO CÁRCAMO VELÁSQUEZ, NANCY DEL CARMEN CÁRCAMO VELÁSQUEZ, DANILO ANDRES CÁRCAMO VELÁSQUEZ, JOHN FRED CÁRCAMO LAUBSCHER, LIZ AIDEE CÁRCAMO LAUBSCHER, IRMA AIDÉE LAUBSCHER NEUMANN modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada, AGROINDUSTRIAL E INVERSIONES CÁRCAMO HERMANOS LIMITADA, constituida por escritura pública de 30 de agosto de 2012, otorgada ante Notario Público de Puerto Varas, Bernardo Espinoza Bancalari. El extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 2071, N°1073 del Registro de Comercio de Temuco del año 2012 y que se publicó además en el Diario Oficial de fecha 07 de septiembre de 2012. El RUT de la sociedad es el N° 76.249.136-2. Modificaciones Sociales. 1) Los socios de AGROINDUSTRIAL E INVERSIONES CÁRCAMO HERMANOS LIMITADA, y que en virtud del fallecimiento de don Naldo Antonio Cárcamo Velásquez, de acuerdo a la cláusula 10ª de la constitución social, vienen en aceptar que los herederos de don Naldo Antonio Cárcamo Velásquez, Liz Aidee Cárcamo Laubscher, John Fred Cárcamo Laubscher e Irma Aidée Laubscher Neumann, se incorporen como nuevos socios, designando como procurador común a John Fred Cárcamo Laubscher. 2) Se modifica la cláusula 7ª de la constitución social, referente a la administración, la representación y el uso de la razón social, la cual corresponderá conjuntamente a los socios don BERNARDO EZEQUIEL CÁRCAMO VELÁSQUEZ, y don FÉLIX GERALDO CÁRCAMO VELÁSQUEZ quienes anteponiendo su firma a la razón social la representan para todos los efectos legales, con las facultades indicadas en dicha cláusula, las cuales ratifican todos los comparecientes. Demás modificaciones en ella. En lo no modificado, mantiene vigencia estatuto social, el cual se ratifica. Ancud, 17 de junio de 2022.- .