MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

QIAS CHILE SpA

RUT 76277438-0 CVE 2152176
Fecha instrumento
17 de junio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2022
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Administración

La administración de la sociedad se sujetará a las siguientes reglas: Uno) No existirá directorio de la sociedad que ejerza la administración social; Dos) Corresponderá la administración y el ejercicio de la razón social a don Rene Maximiliano Alcafuz Orellana; Tres) Sin perjuicio de lo anterior, podrá el mandatario delegar por escritura pública ciertas facultades específicas de administración de la Sociedad en favor de terceros; Cuarto) En cuanto sea necesario y conveniente podrá el único accionista o la unanimidad de los accionistas, según sea el caso, designar un gerente general de la sociedad quien estará investido de las facultades que expresamente se le confieran y, a falta de mención, de las que se señalan en el artículo décimo tercero siguiente. La respectiva designación se hará por escritura pública y se inscribirá al margen de la inscripción social. Cinco) El cargo de administrador de la Sociedad y)o de gerente general podrán ser remunerados en la forma y cuantía que determinen la unanimidad de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 junio de 2022. REP Nº 12.870-2022, ante mí: se redujo escritura pública, Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Qias Chile SpA, de fecha de 15 de junio de 2022, en la cual el único accionista modificó el artículo décimo segundo que da cuenta de la administración, por los siguientes: ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad se sujetará a las siguientes reglas: Uno) No existirá directorio de la sociedad que ejerza la administración social; Dos) Corresponderá la administración y el ejercicio de la razón social a don Rene Maximiliano Alcafuz Orellana; Tres) Sin perjuicio de lo anterior, podrá el mandatario delegar por escritura pública ciertas facultades específicas de administración de la Sociedad en favor de terceros; Cuarto) En cuanto sea necesario y conveniente podrá el único accionista o la unanimidad de los accionistas, según sea el caso, designar un gerente general de la sociedad quien estará investido de las facultades que expresamente se le confieran y, a falta de mención, de las que se señalan en el artículo décimo tercero siguiente. La respectiva designación se hará por escritura pública y se inscribirá al margen de la inscripción social. Cinco) El cargo de administrador de la Sociedad y/o de gerente general podrán ser remunerados en la forma y cuantía que determinen la unanimidad de los accionistas. La designación de apoderados para fines especiales podrá hacerla directamente quien ejerza la administración de la Sociedad o su gerente general, de haberlo. Demás modificaciones no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, en Santiago a 28 de Junio de 2022.