MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MLCP SpA

RUT 77460297-6 CVE 2151896
Fecha instrumento
28 de junio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de junio de 2022
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que, ante mí, por escritura pública de fecha 28/06/2022 se redujo a escritura pública la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de “MLCP SpA”. celebrada el 24/06/2022, en la cual su único accionista doña MARÍA LORETO DEL CARMEN CERONI PERALTA Rut. 7.906.515- 3, acuerda lo siguiente: a) INFORMAR PARTICIPACIÓN EN LA SOCIEDAD “AGRÍCOLA ARENAS BLANCAS LIMITADA” y “AGRÍCOLA EL LAUREL LIMITADA”: por escritura pública de fecha 20/01/2022 otorgada en la 34ª Notaría de Santiago, de don Eduardo Javier Diez Morello, doña MARÍA LORETO DEL CARMEN CERONI PERALTA, aportó en dominio la totalidad de sus derechos y haberes sociales de la sociedad “AGRÍCOLA EL LAUREL LIMITADA” a “MLCP SpA”, equivalentes a $76.355.138.-, un extracto de lo anterior se inscribió a fojas 8425 N° 4175 el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, y se publicó en el Diario Oficial N°43.176 del 11/02/2022. Posteriormente por escritura pública de fecha 24/01/2022 otorgada en la 34ª Notaría de Santiago, de don Eduardo Javier Diez Morello, doña MARÍA LORETO DEL CARMEN CERONI PERALTA, aportó en dominio la totalidad de sus derechos y haberes sociales de la sociedad “AGRÍCOLA ARENAS BLANCAS LIMITADA” a “MLCP SpA”, equivalentes a $400.000.- Un extracto de lo anterior se inscribió a fojas 97 N° 52, en el Conservador de Bienes Raíces de Curicó correspondiente al año 2022, y se publicó en el Diario Oficial N° 43.165 el 29/01/2022. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Con el fin de reflejar el aumento de capital de la Sociedad, la Única Accionista viene en modificar los Estatutos de la Sociedad, especialmente en su Artículo Cuarto y Primero Transitorio. “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO PESOS dividido en DOSCIENTAS ACCIONES ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie y de igual valor cada una, que se suscriben, enteran y pagan en la forma que señala el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagada”. Por su parte, el nuevo Artículo Primero Transitorio tendrá el siguiente tenor: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es de SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO PESOS, dividido en DOSCIENTAS ACCIONES ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que doña MARÍA LORETO DEL CARMEN CERONI PERALTA, suscribió y pagó de la siguiente manera: i) cien acciones en el acto de constitución de la Sociedad, con la suma de un millón de pesos y ii) La accionista doña MARÍA LORETO DEL CARMEN CERONI PERALTA, en la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de “MLCP SpA”, veinticuatro de junio de dos mil veintidós, suscribió y pagó cien acciones, por el monto de setenta y seis millones setecientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y ocho pesos, mediante la capitalización del diez por ciento de los derechos y haberes sociales de la sociedad “AGRÍCOLA ARENAS BLANCAS LIMITADA” y un treinta por ciento de los derechos y haberes sociales de “AGRÍCOLA EL LAUREL LIMITADA”. De conformidad a lo anterior, el capital social es de SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO PESOS, dividido en doscientas acciones ordinarias, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 29 de junio de 2022.- Eduardo Diez Morello.- Notario Público.-