MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CREACIONES CATALINA FLORES LIMITADA

RUT 76499974-6 CVE 2152178
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de junio de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de junio de 2022
Notario
CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL
Domicilio
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

- será: la importación, exportación, distribución; comercialización, intermediación, transporte, publicidad y promoción, compra, venta, consignación y representación de toda clase y tipo de artículos, bienes y)o productos, nacionales o extranjeros, al por mayor y)o al detalle, la explotación, arrendamiento, e inversión de todo tipo de negocios; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior

Administración

- Que el capital social ascendente a la suma de $6.000.000.- Por el presente instrumento, don ERNESTO FLORES LIMA, y, doña ALICIA NINFA RAMOS FLORES, en su calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad denominada CREACIONES CATALINA FLORES LIMITADA, con el nombre de fantasía de CATALINA LTDA, vienen en introducirle al primitivo pacto social las siguientes modificaciones:- a) don ERNESTO FLORES LIMA, dueño del 99%, del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, en la cantidad de $5.940.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, y, b) doña ALICIA NINFA RAMOS FLORES, dueña del 1%, del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, en la cantidad de $60.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo.- Como consecuencia de la venta y cesión señalada en la cláusula anterior, a contar de esta fecha doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, queda titular del 100%, del interés, derechos, capital e ingresos acumulados, en su caso, de la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada de la sociedad denominada CREACIONES CATALINA FLORES LIMITADA, con el nombre de fantasía de CATALINA LTDA, y en su calidad de única interesada en los derechos de la referida sociedad, la transforma en una sociedad por acciones, de conformidad con las prescripciones de la Ley, y cuyos estatutos son los siguientes:- Nombre, o razón social será CREACIONES CATALINA FLORES SpA, que usará inclusive en bancos el nombre de fantasía CATALINA SpA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, abogado, Notario Publico Suplente de MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso, de la Comuna y Ciudad de Santiago, certifica:- Por escritura de fecha 29 de Junio de 2022, ante Mi, comparecieron:- don ERNESTO FLORES LIMA, chileno, soltero, comerciante, doña ALICIA NINFA RAMOS FLORES, peruana, soltera, Comerciante; y doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, peruana, soltera, factor de comercio, todos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo Ohiggins N° 2945, Locales 162, y 163, Comuna y Ciudad de Santiago; y modificaron y transformaron la sociedad denominada CREACIONES CATALINA FLORES LIMITADA, con el nombre de fantasía de CATALINA LTDA, RUT:- 76.499.974-6, constituida por escritura pública de fecha 12 de Noviembre del año dos mil quince, suscrita ante la Notario Público de Santiago, doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 87.926, número 51.459, correspondiente al año 2015, y, se publicó en el Diario Oficial del día 25 de Noviembre del año 2015; La representación legal de la sociedad, según dicho pacto social, corresponde únicamente a don ERNESTO FLORES LIMA, con todas las facultades de representación y administración.- Que el capital social ascendente a la suma de $6.000.000.- Por el presente instrumento, don ERNESTO FLORES LIMA, y, doña ALICIA NINFA RAMOS FLORES, en su calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad denominada CREACIONES CATALINA FLORES LIMITADA, con el nombre de fantasía de CATALINA LTDA, vienen en introducirle al primitivo pacto social las siguientes modificaciones:- a) don ERNESTO FLORES LIMA, dueño del 99%, del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, en la cantidad de $5.940.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, y, b) doña ALICIA NINFA RAMOS FLORES, dueña del 1%, del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, en la cantidad de $60.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo.- Como consecuencia de la venta y cesión señalada en la cláusula anterior, a contar de esta fecha doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, queda titular del 100%, del interés, derechos, capital e ingresos acumulados, en su caso, de la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada de la sociedad denominada CREACIONES CATALINA FLORES LIMITADA, con el nombre de fantasía de CATALINA LTDA, y en su calidad de única interesada en los derechos de la referida sociedad, la transforma en una sociedad por acciones, de conformidad con las prescripciones de la Ley, y cuyos estatutos son los siguientes:- Nombre, o razón social será CREACIONES CATALINA FLORES SpA, que usará inclusive en bancos el nombre de fantasía CATALINA SpA.- DOMICILIO:- El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer dentro del país o en el extranjero.- OBJETO:- será: la importación, exportación, distribución; comercialización, intermediación, transporte, publicidad y promoción, compra, venta, consignación y representación de toda clase y tipo de artículos, bienes y/o productos, nacionales o extranjeros, al por mayor y/o al detalle, la explotación, arrendamiento, e inversión de todo tipo de negocios; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior.- Duración:- La duración de la sociedad será indefinida.- Administración:- El uso de la razón social la administración y representación corresponderá exclusivamente a doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI, quien podrá actuar anteponiendo a su firma la razón social podrá representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades señaladas en escritura.- Capital:- El capital de la sociedad se aumenta de los actuales $6.000.000, a la cantidad de $20.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga en este acto, e íntegramente por doña LUZ MARINA DEL PILAR FLORES MAMANI.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 01 de Julio de 2.022.-