MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA E INMOBILIARIA MACO LIMITADA

RUT 76501822-6 CVE 2152163
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de junio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de junio de 2022
Repertorio
12318-2022
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 15 de junio de 2022, Repertorio N° 12.318-2022, otorgada ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, FRANCISCO JAVIER MANTEROLA COVARRUBIAS, sacerdote, domiciliado en Avda. Walker Martínez N° 1, comuna de La Florida, Región Metropolitana; MANUEL JOSÉ MANTEROLA COVARRUBIAS, ingeniero agrónomo, domiciliado en calle María Izquierdo Phillips N° 13.370, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; ANA DEL PILAR MANTEROLA COVARRUBIAS, educadora de párvulos, domiciliada en calle El Pastizal N° 11.395, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; MARÍA TRINIDAD MANTEROLA COVARRUBIAS, profesora, domiciliada en calle La Perouse N° 5.397, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; AGUSTÍN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS, corredor de propiedades, domiciliado en Avda. Américo Vespucio Sur N° 306, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y PABLO MANTEROLA COVARRUBIAS, ingeniero civil, domiciliado en calle La Huasa N° 1957, casa E, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y CAROLINA REGINA DOMÍNGUEZ BENÍTEZ, matemática, domiciliada en calle La Huasa N° 1957, casa E, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA E INMOBILIARIA MACO LIMITADA, constituida con fecha 12 de agosto de 2015, ante el Notario de la ciudad de Santiago don Patricio Zaldívar Mackenna, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 65.896, bajo el número 38.501 correspondiente al año 2015, y publicó en la edición del Diario Oficial de 10 de septiembre de 2015, en los aspectos siguientes: a) Cesiones de derechos sociales. a) FRANCISCO JAVIER MANTEROLA COVARRUBIAS vende, cede y transfiere a PABLO MANTEROLA COVARRUBIAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes a un sexto de la participación en la sociedad en el precio de $2.000.000, que se pagan en dinero efectivo a satisfacción del cedente; b) MANUEL JOSÉ MANTEROLA COVARRUBIAS vende, cede y transfiere a PABLO MANTEROLA COVARRUBIAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes a un sexto de la participación en la sociedad en el precio de $2.000.000, que se pagan en dinero efectivo a satisfacción del cedente; c) ANA DEL PILAR MANTEROLA COVARRUBIAS, vende, cede y transfiere a CAROLINA REGINA DOMÍNGUEZ BENÍTEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes a un sexto de la participación en la sociedad en el precio de $2.000.000, que se pagan en dinero efectivo a satisfacción de la cedente; d) MARÍA TRINIDAD MANTEROLA COVARRUBIAS vende, cede y transfiere a CAROLINA REGINA DOMÍNGUEZ BENÍTEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes a un sexto de la participación en la sociedad en el precio de $2.000.000, que se pagan en dinero efectivo a satisfacción de la cedente, y e) AGUSTÍN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS vende, cede y transfiere a CAROLINA REGINA DOMÍNGUEZ BENÍTEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes a un sexto de la participación en la sociedad en el precio de $2.000.000, que se pagan en dinero efectivo a satisfacción del cedente. Quedan como únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA E INMOBILIARIA MACO LIMITADA don PABLO MANTEROLA COVARRUBIAS y doña CAROLINA REGINA DOMÍNGUEZ BENÍTEZ, con un 50% del capital y derechos sociales cada uno, modificando los Estatutos sociales en tal sentido. b) Se modifica la cláusula Segunda de los Estatutos, agregando al objeto social la comercialización, intermediación, corretaje, administración y asesorías agrícola e inmobiliaria respecto de cualquier clase de bienes raíces; c) Se modifica la cláusula Tercera, en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a PABLO MANTEROLA COVARRUBIAS con las facultades y limitaciones que se indican en la escritura. d) Se modifica la cláusula Séptima, en el sentido de que la sociedad durará hasta el 31 de diciembre del año 2025, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del vencimiento. En lo no modificado por el presente instrumento, continúan vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Constancia: el capital de la sociedad no sufre modificación y es de $12.000.000. Santiago, 23 de Junio del 2022.