MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ADSAYSA SpA

RUT 77423257-5 CVE 2152375
Capital
$13.000 CLP
Fecha instrumento
28 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$13.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: don ADRIAN ALEJANDRO SALAS SILVA, con domicilio en Caleta Tunquén Nº18428, Maipú, reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “ADSAYSA SpA”, celebrada el uno de julio de dos mil veintidós, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas. ANTECEDENTES: a) La sociedad “ADSAYSA SpA”, rol único tributario Nº 77.423.257-5, se constituyó por escritura pública de fecha 28 de julio de 2021, suscrita ante don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 835, piso dieciocho, Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 58073, Nº 26982, correspondiente al año 2021. El capital social es de $13.000.000-. dividido en 13.000 acciones.- b) Mediante contrato privado de compraventa de acciones de fecha 01de julio de 2022, ADRIAN ALEJANDRO SALAS SILVA, vende, cede y transfiere la cantidad de 2000.- de sus acciones a BENJAMIN CRISTOBAL SALAS SILVA. MODIFICACIÓN: a) La modificación del artículo DÉCIMO TERCERO de la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social, será ejercida indistintamente por ADRIAN ALEJANDRO SALAS SILVA y BENJAMIN CRISTOBAL SALAS SILVA, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales.- b) La modificación del artículo PRIMERO TRANSITORIO de la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL, en el sentido que el capital social del artículo quinto de la misma constitución es de $13.000.000.-, dividido en 13.000.- acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y pagan en este acto y en dinero en efectivo íntegramente, de la siguiente manera: don ADRIAN ALEJANDRO SALAS SILVA, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de un $8.000.000.-, equivalentes a 8.000.- acciones; JERROL SEBASTIAN SALAS GOMEZ aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de un $1.000.000.- equivalentes a 1.000.- acciones; KATHERINE NATALIA SALAS SILVA, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de un $1.000.000.- equivalentes a 1.000.- acciones; ARACELY ALEJANDRA SALAS SILVA aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de un $1.000.000.- equivalentes a 1.000.- acciones y BENJAMIN CRISTOBAL SALAS SILVA, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de un $2.000.000.- equivalentes a 2.000.- acciones., las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de Julio de 2022.