PRECISIÓN, TÉCNICA Y MECÁNICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2022
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios don Jorge Salvador Ayala Romero y don Víctor Hugo Soto Betancourt
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público Titular de la 38° Notaría, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de mayo de 2022, ante mí: don Jorge Salvador Ayala Romero, Rut Nº5.962.372-9, domiciliado en Las Acacias Nº938, comuna de Maipú, Región Metropolitana y don Víctor Hugo Soto Betancourt, Rut Nº5.842.251-7, domiciliado en Pasaje La Codorniz Nº5579, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, son los únicos y actuales socios de la sociedad PRECISIÓN, TÉCNICA Y MECÁNICA LIMITADA, inscrita a Fojas 5.258, Número 2.865, del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1988, acordaron entre otras materias dividirla, con efecto a partir de esta fecha, en dos sociedades, la primera conservará la razón social recién mencionada y su rol único tributario, rigiéndose por sus actuales estatutos, con las modificaciones que se señalarán, incluyendo la disminución de su capital, y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se crea por efecto de la división, bajo el nombre o razón social de INMOBILIARIA PREMETEC LIMITADA, que se regirá por los estatutos que también se señalarán más adelante. Como consecuencia de lo anterior, los socios entre otras materias acordaron en definitiva lo siguiente: UNO. Disminución de Capital: Disminuir el capital de PRECISIÓN, TÉCNICA Y MECÁNICA LIMITADA, de la cantidad de $15.000.000.- a la cantidad de $9.040.829.-, correspondiente a una disminución total de $5.959.171.-. DOS. Modificación de Estatutos: Como consecuencia de la disminución de capital acordada como resultado de la división de la sociedad, y a objeto de actualizar el estatuto social de PRECISIÓN, TÉCNICA Y MECÁNICA LIMITADA, los comparecientes acuerdan sustituir su artículo tercero, relativo al capital social, y reemplazarlo íntegramente por el siguiente: “TERCERO: CAPITAL SOCIAL. El capital social es la cantidad de nueve millones cuarenta mil ochocientos veintinueve pesos, íntegramente pagados y enterados con anterioridad en las arcas fiscales en la forma y condiciones que se indican a continuación: a) Don Jorge Salvador Ayala Romero, aporta la cantidad de cuatro millones quinientos veinte mil cuatrocientos catorce coma cinco pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados; y b) don Víctor Hugo Soto Betancourt, aporta la cantidad de cuatro millones quinientos veinte mil cuatrocientos catorce coma cinco pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados. De esta manera el capital social ha sido íntegramente pagado por los socios”. TRES. Ratificación de Estatutos: En lo no modificado rige en su integridad el estatuto social de PRECISIÓN, TÉCNICA Y MECÁNICA LIMITADA. CUATRO. Constitución de nueva sociedad de Responsabilidad Limitada: En consideración a la división acordada, los únicos y actuales socios de PRECISIÓN, TÉCNICA Y MECÁNICA LIMITADA, junto con acordar la disminución de su capital en los términos indicados, constituyeron una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se denominará INMOBILIARIA PREMETEC LIMITADA, y a la que acordaron aportar, como capital, el monto en que se ha disminuido el capital de PRECISIÓN, TÉCNICA Y MECÁNICA LIMITADA, como consecuencia de la división. Para tales efectos los socios acordaron aprobar, asimismo, los siguientes estatutos por los cuales se regirán la sociedad que se crea y constituye por efecto de la división. CINCO. Estatutos sociales de “Inmobiliaria Premetec Limitada”. Constitución de la sociedad. En tal sentido, don Jorge Salvador Ayala Romero, Rut Nº5.962.372-9, domiciliado en Las Acacias Nº938, comuna de Maipú, Región Metropolitana y don Víctor Hugo Soto Betancourt, Rut Nº5.842.251-7, domiciliado en Pasaje La Codorniz Nº5579, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, vienen en otorgar el acto de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA PREMETEC LIMITADA, en adelante también la “Sociedad”, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la Ley Nº3.918 y por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio: Nombre de la Sociedad. El nombre de la sociedad será INMOBILIARIA PREMETEC LIMITADA. Objeto Social. El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital. El capital social es la cantidad de $5.959.171.- íntegramente aportado. Administración. La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios don Jorge Salvador Ayala Romero y don Víctor Hugo Soto Betancourt. Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de junio de 2022.