MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA K Y R LIMITADA

CVE 2151563
Fecha instrumento
24 de junio de 2022
Notaría
San Carlos

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2022
Repertorio
851-2022
Notario
RODRIGO ARTURO JARA LARA
Oficio
Segunda Notaría de San Carlos
Comuna
San Carlos

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RECTIFICACION, SANEAMIENTO, ACLARACION, MODIFICACION COMPLEMENTACION Y/O ENMIENDASOCIEDAD “INMOBILIARIA K Y R LIMITADA”O“K Y R LTDA.”EN SAN GREGORIO, COMUNA DE ÑIQUÉN, REPÚBLICA DE CHILE, a 30 de junio de 2022, ante mí, RODRIGO ARTURO JARA LARA, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de San Carlos, con oficio en calle Ernesto Zúñiga esquina Estado sin número, San Gregorio, comuna de Ñiquén, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 24 de junio de 2022, Repertorio 851-2022, Don MARCELO ANTONIO MORALES MOLINA, Cédula Nacional de Identidad número trece millones doscientos ocho mil trescientos setenta y ocho guion nueve, abogado, viudo, domiciliado en calle Urrutia número doscientos sesenta de la Comuna de Parral, en la representación de “INMOBILIARIA K Y R LIMITADA” O “K Y R LTDA.”, en que comparece y debidamente facultado, como se señala en escritura extractada y según lo dispone la ley 19.499, en su artículo primero y siguientes, que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica código de comercio y otros cuerpos legales; viene en rectificar, sanear, aclarar, modificar, complementar y/o enmendar, por un error involuntario, la citada escritura, y por tanto en rectificar, sanear, aclarar, modificar, complementar y/o enmendar también su debido extracto publicado en el diario oficial, en la forma que pasa a expresar: La Clausula Primera, en su Artículo Cuarto, en relación al domicilio de la Sociedad, se complementa después de la frase “El domicilio de la sociedad será en camino a la Balsa, sin número,”, y antes de la frase: “Región del Maule, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.-", con la siguiente: “de la comuna de Parral,.-”, quedando del siguiente tenor: “Artículo Cuarto: El domicilio de la sociedad será en camino a la Balsa, sin número, de la comuna de Parral, Región del Maule, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.-“.- Por el presente instrumento don Marcelo Antonio Morales Molina viene en subsanar el referido vicio y/o error involuntario, declarando que las demás estipulaciones de la escritura y publicación referida en la Clausula Primera de este instrumento se mantienen de manera intactas e inalterables.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Ñiquén, 30 de Junio de 2022.