CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD SUPERLANO & ESCOBAR SpA

CVE 2151235
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
13 de junio de 2022
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de junio de 2022
Notario
LUIS ANDRES AREVALO LARA
Oficio
6ª Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$200.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Machalí
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La sociedad será representada y administrada por doña TATIANA LOURDES SUPERLANO CEBALLOS, y don IVAN RODRIGO ESCOBAR ALCAINO, quienes podrán actuar indistintamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ANDRES AREVALO LARA, Notario Público Interino de la 6ª Notaría de Rancagua, con asiento en Machali, con domicilio en Las Rosas 5, Local 6, Machali, certifico: Por escritura de fecha 13-06-2022, Rep. N°369-2022, ante mí: doña TATIANA LOURDES SUPERLANO CEBALLOS con domicilio en calle 14 oriente número 1757, el Polo, comuna de Machalí región del Libertador General Bernardo O`Higgins y don IVAN RODRIGO ESCOBAR ALCAINO, domiciliado en Calle 14 oriente número 1757, el Polo, comuna y ciudad de Machalí, región del Libertador General Bernardo O`Higgins; constituyeron una Sociedad por Acciones, RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD SUPERLANO & ESCOBAR SpA. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios médicos, diagnóstico, curación y rehabilitación de las personas, en el área de la salud y la medicina, en su más amplio sentido y alcance, actividades dirigidas directamente al público en general o a través de convenios con empresas, Isapres o cualquier entidad pública o privada; b)Realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área de la salud; c) Adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad, d) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; e) La fabricación, importación, exportación, arriendo, comercialización, distribución, compra y venta de productos, insumos médicos, dispositivos médicos y equipos médicos en general, considerando para este efecto ventas al por mayor y al por menor en almacenes físicos especializados o generales, en farmacias o similares, por cualquier medio, ya sea físico, ventas telefónicas o virtuales a través de comercio electrónico, pudiendo contratar con todo tipo de Instituciones públicas o privadas. f) en general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los accionistas. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La sociedad será representada y administrada por doña TATIANA LOURDES SUPERLANO CEBALLOS, y don IVAN RODRIGO ESCOBAR ALCAINO, quienes podrán actuar indistintamente. CAPITAL: El capital de la sociedad será de $200.000.-pesos, dividido en 100 acciones de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y se representa de la siguiente manera: doña TATIANA LOURDES SUPERLANO CEBALLOS, suscribe 30 acciones, valorizadas en $60.000.- pesos; suma que se entera y paga en este acto en la caja social y que equivalen al 30 por ciento de la participación social; y b) don IVAN RODRIGO ESCOBAR ALCAINO, suscribe 70 acciones , valorizada en $140.000.- pesos; suma que se que se entera y paga en este acto en la caja social y que equivalen al 70 por ciento de la participación social. DOMICILIO: Ciudad de Machalí. DURACIÓN: La sociedad durará indefinidamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Machali, 13 de junio del 2022.