SOCIEDAD PIZARRO Y MORALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2022
- Repertorio
- 2167
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- La Serena, Región de Coquimbo
- Duración
- 5 años a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, según se indica
Objeto social
El objeto de la sociedad será la preparación, fabricación, comercialización, reparto, distribución y venta al público, al por mayor o al detalle, de forma presencial, a distancia, con entrega o delivery, de todo tipo de alimentos, comidas y bebidas, ya sean preparados o en su estado natural y de todo tipo de bienes de consumo, en especial, y sin ser excluyentes de comida, frutas, verduras, abarrotes, bebidas alcohólicas, licores, entre otros relacionados y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
corresponderá a la socia CLAUDIA DEL CARMEN PIZARRO MORALES, quien actuará en nombre y representación de la sociedad con amplias facultades según escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM, abogado Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Serena, con domicilio en calle Los Carrera quinientos veintinueve, La Serena, Certifico: Por escritura pública de fecha 24 de Junio 2022, Repertorio 2167, otorgada ante mí, doña ELIZABETH DEL CARMEN MORALES ROJAS, chilena, comerciante, viuda, domiciliada en calle Juan de Dios Pení #640, La Serena, cédula nacional de identidad N° 8.429.133-1 y doña CLAUDIA DEL CARMEN PIZARRO MORALES, chilena, soltera, ingeniero en administración de empresas, domiciliada en calle Juan de Dios Pení #640, La Serena, cedula nacional de identidad N° 16.188.258-5, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. NOMBRE: “SOCIEDAD PIZARRO Y MORALES LIMITADA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la preparación, fabricación, comercialización, reparto, distribución y venta al público, al por mayor o al detalle, de forma presencial, a distancia, con entrega o delivery, de todo tipo de alimentos, comidas y bebidas, ya sean preparados o en su estado natural y de todo tipo de bienes de consumo, en especial, y sin ser excluyentes de comida, frutas, verduras, abarrotes, bebidas alcohólicas, licores, entre otros relacionados y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. DOMICILIO: La Serena, Región de Coquimbo. CAPITAL: La suma de $10.000.000 (diez millones de pesos), que las socias pagan y enteran de la siguiente forma: a) La socia doña ELIZABETH DEL CARMEN PIZARRO MORALES, aporta: 1.- La patente municipal de la Ilustre Municipalidad de La Serena de actividad comercial “Restaurante sin venta de alcohol”, que le ha sido otorgada a la socia con fecha veintisiete de enero del año dos mil veintidós, patentes enroladas código 115-03-01-001-001-001 y 2.- La patente municipal de la Ilustre Municipalidad de La Serena de actividad comercial “Restaurante diurno o nocturno con expendio de bebidas alcohólicas”, que le ha sido otorgada a la socia con fecha veintisiete de enero del año dos mil veintidós, patentes enroladas, código 115-03-01-001-001-001 y derechos de aseo enrolados, código 115-03-01-002-002-000. Aporte que se valoriza en $4.900.000 (cuatro millones novecientos mil pesos), participando en el 49% de las utilidades, aporte que se entrega en este acto y b) La socia doña CLAUDIA DEL CARMEN PIZARRO MORALES, aporta la suma de $5.100.000 (cinco millones cien mil pesos), participando del 51% de las utilidades, aporte que se entrega en este acto. Las socias limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a la socia CLAUDIA DEL CARMEN PIZARRO MORALES, quien actuará en nombre y representación de la sociedad con amplias facultades según escritura extractada. DURACIÓN: 5 años a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, según se indica. Demás estipulaciones en la escritura extractada. La Serena, 28 de junio de 2022. Carata 4763.