MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA CUATRO ROBLES LIMITADA

RUT 77339100-9 CVE 2151141
Capital
$51.000 CLP
Fecha instrumento
24 de junio de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$51.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA PARRAM SARRAS, Suplente de la Notario Titular de la Trigésimo Séptima Notaria de Santiago, doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en Huérfanos N°1.117, oficina 1.014, certifica: Por escritura pública de fecha 31.05. 2022, bajo el repertorio número 1.688-2022, otorgada ante mí, comparecieron: Uno) don CHARLES ALEXANDER BUNCE, cédula de identidad para extranjeros N°14.641.722-1; Dos) doña CLAUDIA PATRICIA BUNCE, cédula de identidad para extranjeros N°11.295.754-5; Tres) don TAYLOR QUINLAN BUNCE VILLAFRANCA, cédula de identidad N°20.285.237-8; Cuatro) don MACKENZIE SEBASTIAN BUNCE VILLAFRANCA, cédula de identidad N°19.892.427-K; y Cinco) doña KENNEDY ALEXANDRA BUNCE VILLAFRANCA, cédula de identidad N°21.031.623-K, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N°2.865, departamento 104, comuna de Lo Barnechea; quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA CUATRO ROBLES LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 22.340, número 17.725 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1999, en el siguiente sentido: (1) Aumento de Capital e Ingreso de Socia. Los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $51.000.000 a un capital final de $80.000.000, esto es, un aumento de $29.000.000, el cual fue aportado, en dinero efectivo, de la siguiente forma y proporción: Uno) mediante el aporte que realiza doña Claudia Patricia Bunce, correspondiente a la suma de $9.590.000; Dos) mediante el aporte que realiza don Taylor Quinlan Bunce Villafranca, correspondiente a la suma de $5.705.000; Tres) mediante el aporte que realiza don Mackenzie Sebastian Bunce Villafranca, correspondiente a la suma de $5.705.000; y Cuatro) mediante el aporte que realiza doña Kennedy Alexandra Bunce Villafranca, correspondiente a la suma de $8.000.000. Como consecuencia del aumento de capital previamente señalado, doña Kennedy Alexandra Bunce Villafranca, se incorpora a la Sociedad, declarando conocer y aceptar para todos los efectos legales los estatutos de la Sociedad. (2) Modificación estatutos. Como consecuencia del aumento de capital acordado e ingreso de socio, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron modificar la cláusula QUINTA de los estatutos sociales y reemplazarla por la siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de ochenta millones de pesos que los socios aportan, en la siguiente forma y proporción: Uno) Don Charles Alexander Bunce, aporta la suma de cuarenta millones ochocientos mil pesos, pagados en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, ingresados en la caja social, equivalente al cincuenta y un por ciento de los derechos sociales; Dos) Doña Claudia Patricia Bunce, aporta la suma de quince millones doscientos mil pesos, pagados en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, ingresados en la caja social, equivalente al diecinueve por ciento de los derechos sociales; Tres) Don Taylor Quinlan Bunce Villafranca, aporta la suma de ocho millones de pesos, pagados en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, ingresados en la caja social, equivalentes al diez por ciento de los derechos sociales; Cuatro) Don Mackenzie Sebastian Bunce Villafranca, aporta la suma de ocho millones de pesos, pagados en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, ingresados en la caja social, equivalentes al diez por ciento de los derechos sociales; y Cinco) Doña Kennedy Alexandra Bunce Villafranca, aporta la suma de ocho millones de pesos, pagados en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, ingresados en la caja social, equivalentes al diez por ciento de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial, la estipulación relativa a que la responsabilidad de los socios queda expresa y determinadamente limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de junio de 2022.