MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA LA MACARENA SpA

RUT 76216295-4 CVE 2151144
Capital
$71.200.000 CLP
Fecha instrumento
31 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de agosto de 2021
Repertorio
7639-2022
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
Oficio
Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$71.200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público de la Décima Notaría de Santiago, Suplente de la Titular VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en cale Agustinas 1235, 2° piso, certifico: que con fecha 28 de junio de año 2022, repertorio N° 7639-2022. Certifico: que con fecha 28 de junio de año 2022, repertorio N°7639-2022, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 31 de agosto de 2021, de la Sociedad AGRÍCOLA LA MACARENA SpA, inscrita a fojas 37394, número 26276, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 (la “Sociedad”), en la que se acordó: i) aumentar el capital de la sociedad a la suma $71.200.000 pesos, dividido en 1.200 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una; y ii) modificar los estatutos de la Sociedad y reemplazar los artículos Cuarto y Primero Transitorio de los mismos, para materializar el acuerdo anterior. Se sustituyen los artículos Cuarto y Primero Transitorio por los siguientes: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de $71.200.000 pesos, dividido y representado en 1.200 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Los aportes no consistentes en dinero deberán ser estimados por los accionistas, y en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Las acciones que emita la Sociedad se ofrecerán y colocarán al precio que determinen libremente los accionistas o quien fuere delegado al efecto por ellos. Los aumentos de capital solo podrán ser acordados por los accionistas y estos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al quinto día hábil previo al acuerdo de aumento de capital”. “Artículo Primero Transitorio: El capital social se aumenta en la suma de $70.000.000, ascendiendo de esta forma desde la suma de $1.200.000 a la suma de $71.200.000 dividido en las mismas 1.200 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Dicho aporte será pagado dentro del plazo de 5 años contado desde la celebración de la presente Junta a prorrata de sus acciones, por parte de los accionistas, Dicho pago se realizará de la siguiente manera: (i) 1639917 ALBERTA LTD. aporta $13.300.000, manteniendo de esta forma su porcentaje de participación en el capital social, que corresponde a 19%, (ii) 1574764 ALBERTA LTD. aporta $16.450.000, manteniendo de esta forma su porcentaje de participación en el capital social, que corresponde a 23.5%,(iii) INVERSIONES Y ASESORÍAS DAÑICALQUI LIMITADA aporta $16.450.000, manteniendo de esta forma su porcentaje de participación en el capital social, que corresponde a 23.5%, (iv) INVERSIONES Y ASESORÍAS TRES MARÍAS LIMITADA aporta $7.000.000, manteniendo de esta forma su porcentaje de participación en el capital social, que corresponde a 10%, (v) ASESORÍAS E INVERSIONES LA BODEGA LIMITADA aporta $13.300.000, manteniendo de esta forma su porcentaje de participación en el capital social, que corresponde a 19%, y (vi) LUZ MARÍA ISIDORA IRARRAZAVAL ZEGER aporta $3.500.000, manteniendo de esta forma su porcentaje de participación en el capital social, que corresponde a 5%. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago 29 de junio de 2022.