ADMINISTRADORA P.V. COLLAO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2022
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social es la ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. V
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña PAULINA SOFIA COLLAO LEYTON, y a doña CLAUDIA VALERIA COLLAO LEYTON, quienes actuando en forma conjunta contaran con las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de junio del año 2022, ante mí, comparecen: i) doña PAULINA SOFIA COLLAO LEYTON, y ii) doña CLAUDIA VALERIA COLLAO LEYTON, ambas domiciliadas Avenida Los Presidentes número 11.700, Comuna de Peñalolén, Santiago, Región Metropolitana, quienes vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: I. Razón social: El nombre o razón social será ADMINISTRADORA P.V. COLLAO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía de “P.V. COLLAO LTDA”. II. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias administrativas, gerenciales, informáticas, y financieras en todos sus ámbitos y características, con especial énfasis en el giro inmobiliario; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales y de diseño en proyectos inmobiliarios y otros similares; /b/ El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; c) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros, amoblados o sin amoblar; y en general, adquirir, dar y ceder a cualquier título, el uso goce de bienes muebles e inmuebles; y, d) Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones relacionados con la prestación de todo tipo de servicios profesionales que permita del desarrollo social. III. Domicilio: El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. IV. Duración: La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. V. Capital: El capital social es la suma única y total de $400.000, pagado por sus socias en dinero en efectivo en este acto, en las siguientes cantidades y proporciones: i) doña PAULINA SOFIA COLLAO LEYTON, con $200.000, equivalentes al 50% del capital y los derechos sociales, y ii) doña CLAUDIA VALERIA COLLAO LEYTON, con $200.000, equivalentes al 50% restante del capital y los derechos sociales. VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña PAULINA SOFIA COLLAO LEYTON, y a doña CLAUDIA VALERIA COLLAO LEYTON, quienes actuando en forma conjunta contaran con las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 23 de junio del año 2022.