SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2022
- Notario
- Don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDon EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, certifico que, ante mi suplente, doña MARIA JOSE BRAVO CRUZ, por escritura pública de fecha 17- 06-2022, comparece, por una parte, don JUAN PABLO PRADO CALLEJAS, cédula nacional de identidad N° 16.335.242-7 en representación de i). “JPPC SpA”, sociedad del giro de Inversiones, Rut. 77.460.188-0; y ii). “AGRICOLA PL LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, Rut. 76.543.738-5, y por la otra, doña MARÍA VERÓNICA LARRAÍN OSSA, Rut. 16.943.250-3, en representación de “VLO SpA”, sociedad del giro de Inversiones, Rut. 77.460.194-5, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N° 1939 oficina 207, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, de paso por ésta; modificaron “SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA” inscrita a fjs.77291, N° 35691 Registro Comercio año 2021. 1- Fusión por absorción y disolución de “SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA”. Juan Pablo Prado Callejas en representación de “JPPC SpA”, y María Verónica Larrain Ossa, en representación de “VLO SpA”, en su calidad de únicos y exclusivos socios de “SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA” y de “AGRICOLA PL LIMITADA”, acuerdan que, “SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA”, sea fusionada por absorción, con efecto retroactivo al 31-05-2022, con “AGRICOLA PL LIMITADA”, mediante la incorporación de la primera a esta última, la cual subsiste y absorbe a la primera adquiriendo todos sus activos y pasivos, reuniendo a los socios en una sociedad, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. Como consecuencia de esta absorción, se disuelve la sociedad “SOCIEDAD VIVERO EL FOSO DE PRADO LIMITADA”, sin que deba procederse a su liquidación en razón de incorporarse la totalidad de su patrimonio y socios a la sociedad absorbente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 24 de junio de 2022.- Eduardo Diez Morello. - Notario Público.-