MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BENEFACTUM LIMITADA

RUT 76963028-7 CVE 2150274
Capital
$15.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2022

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2022
Repertorio
2520-2022
Notario
ELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES
Domicilio
las comunas de Valdivia y Corral

Sociedad

Capital
$15.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES, Notario Público Titular de las comunas de Valdivia y Corral, San Carlos N° 159, local 3, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 16 junio 2022, ante mí, Repertorio N° 2520-2022, CARLA CAROLA CATALAN SANCHEZ, C.I. Nº 14.081.528-4, casada, abogada, domiciliada en Pérez Rosales Nº 560, oficina 202 D, 2º piso, Valdivia, debidamente facultada, rectificó la Modificación de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada "Constructora e Inmobiliaria Benefactum Limitada” o "Benefactum Ltda.", otorgada mediante escritura pública de fecha 18 de marzo del año 2021, ante Notario Público Carlos Marcelo Roldán Mena, bajo el Repertorio número 448-2021, e inscrita a fojas 131 número 78 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, correspondiente al año 2021. Por el presente acto e instrumento, la compareciente viene en rectificar la escritura modificatoria antes consignada, en los siguientes términos: 1) La cláusula SEGUNDO de la referida escritura en el siguiente tenor literal, donde dice: “El capital de la sociedad asciende actualmente a la suma de $15.000.000”, debe decir: “El capital de la sociedad asciende actualmente a la suma de $20.000.000”. 2) La cláusula TERCERO de la referida escritura en el siguiente tenor literal; i) donde dice “don JORGE IGNACIO CORDERO DIAZ vende, cede y transfiere el 80% de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula primera de esta escritura, a don CARLOS FRANCISCO LEIVA ALDERETE, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión y venta es la suma de $6.000.000, que don Carlos Leiva Alderete paga en este acto”, debe decir: “don JORGE IGNACIO CORDERO DIAZ vende, cede y transfiere el 80% de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula primera de esta escritura, a don CARLOS FRANCISCO LEIVA ALDERETE, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión y venta es la suma de $8.000.000 que don Carlos Leiva Alderete paga en este acto”; ii) donde dice “Asimismo, don JORGE IGNACIO CORDERO DIAZ vende, cede y transfiere el 20% de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula primera de esta escritura, a don HANS SEBASTIAN IOST ANDAUR, quien los compra y adquiere para sí, incorporándose, en consecuencia, como socio de "CONSTRUCTORA E INMOBILIRIA BENEFACTUM LIMITADA". El precio de esta cesión y venta es la suma de $1.500.000 $2.000.000, que don Hans Sebastián Iost Andaur paga en este acto”, debe decir: “Asimismo, don JORGE IGNACIO CORDERO DIAZ vende, cede y transfiere el 20% de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula primera de esta escritura, a don HANS SEBASTIAN IOST ANDAUR, quien los compra y adquiere para sí, incorporándose, en consecuencia, como socio de "CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BENEFACTUM LIMITADA". El precio de esta cesión y venta es la suma de $2.000.000, que don Hans Sebastián Iost Andaur paga en este acto”. Tres) La cláusula CUARTO de la referida escritura en el siguiente tenor literal, donde dice: De esta forma, la sociedad "CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BENEFACTUM LIMITADA" queda compuesta por 2 socios, don CARLOS FRANCISCO LEIVA ALDERETE, con un 90% del capital social equivalente a $13.500.000 y don HANS SEBASTIAN IOST ANDAUR, con un 10% del capital social, equivalente a $1.500.000 $2.000.000”, debe decir: De esta forma, la sociedad "CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BENEFACTUM LIMITADA" queda compuesta por 2 socios, don CARLOS FRANCISCO LEIVA ALDERETE, con un 90% del capital social equivalente a $18.000.000 y don HANS SEBASTIAN IOST ANDAUR, con un 10% del capital social, equivalente a $2.000.000”. En lo no modificado, por medio del presente instrumento, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Constancia: El capital de la sociedad es de $20.000.000.- Rol único Tributario N° 76.963.028-7- Valdivia, 29 Junio 2022.