Lilac Solutions Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2022
- Repertorio
- 26160-2022
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- 42ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $423.720.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42ª Notaría de Santiago, suplente del titular don ÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Agustinas N° 1070, 2° piso, certifico: por escritura pública de fecha 09 de junio de 2022, Repertorio N° 26.160-2022, ante titular, Lilac Solutions Inc., único accionista de la sociedad Lilac Solutions Chile SpA (la “Sociedad”), acordó modificar los estatutos de la misma aumentando su capital en la suma $423.720.000, mediante la emisión de 423.720 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, esto es, un aumento de la suma actual de $231.648.000 pesos dividido en 231.648 acciones, a la suma total de $655.368.000 pesos dividido en 655.368 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los Estatutos de la Sociedad por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de seiscientos cincuenta y cinco millones trescientos sesenta y ocho mil pesos, dividido en seiscientas cincuenta y cinco mil trescientas sesenta y ocho acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Tanto el capital como los eventuales aumentos del mismo podrán pagarse en dinero u otros bienes. Las acciones que se acuerde emitir para materializar un aumento de capital deberán ser ofrecidas a lo menos por una vez en forma preferente a quienes a la fecha de la emisión sean accionistas de la Sociedad, por el plazo y en los términos que resuelva la junta de accionistas. Las acciones suscritas cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas. Todas las acciones de la Sociedad podrán ser adquiridas por ésta en cualquier momento, a su valor de emisión o al costo para los accionistas, con la previa resolución de la Junta de Accionistas al efecto, quien determinará el precio de adquisición de las acciones. Las acciones así adquiridas por la Sociedad deberán ser enajenadas en el plazo de cinco años a contar de su adquisición. Si dentro del plazo de cinco años establecido dichas acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho y las acciones se eliminarán del registro”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es la suma de seiscientos cincuenta y cinco millones trescientos sesenta y ocho mil pesos, dividido en seiscientas cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y ocho acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por Lilac Solutions Inc, con anterioridad a esta fecha. En consecuencia, el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 59.683, número 28.396 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 17 de junio de 2022.