Inversiones Chiwi SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2022
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, NOTARIO PÚBLICO TITULAR de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 941, local 302, Comuna Santiago, certifica que con fecha 10 de junio de 2022 ante mí se redujo a escritura pública la PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “INVERSIONES CHIWI SpA” celebrada el 31 de mayo de 2022, junta en que se acordó modificar los estatutos sociales, en el siguiente sentido: Objeto de la junta: El señor Presidente manifestó que el objeto de la junta es someter a aprobación de los accionistas, la siguiente materia: En vista y considerando los nuevos antecedentes a saber: Con fecha 08 de noviembre de 2021, se suscribe una Compraventa de Acciones entre don Fabian Mariqueo Guzmán y doña Paola Andrea Norambuena Alarcón, quedando con 670 acciones, equivalente al 67% del total de acciones de la sociedad. Con fecha 30 de mayo de 2022 se celebra por documento privado entre Paola Andrea Norambuena Alarcón y JUAN PABLO NORAMBUENA ALARCÓN una compraventa de acciones por 670 acciones. Por tanto, a la fecha se encuentra en el Registro de Accionistas don JUAN PABLO NORAMBUENA ALARCÓN con un total de 1000 acciones. Por tanto, se somete a esta junta la designación y modificación de estatutos respecto a la administración de la sociedad inscrita actualmente, exclusivamente a don JUAN PABLO NORAMBUENA ALARCÓN. En consecuencia, se acuerda modificar los siguientes artículos: Artículo séptimo de los estatutos de la sociedad que queda como sigue “La administración y representación de la sociedad corresponderá a don JUAN PABLO NORAMBUENA ALARCÓN, quien podrá ejercer la administración por sí o por medio de sus apoderados o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen. El administrador, actuando en la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se Acredita en este acto la calidad de único accionista de don JUAN PABLO NORAMBUENA ALARCÓN. Santiago, 23 de Junio de 2022.