CONSTITUCIÓN Cooperativa

Cooperativa Cerrada de Vivienda Vista Hermosa al Mar

CVE 2150150
Capital
$8.500 CLP
Fecha instrumento
22 de junio de 2022
Notaría
Casablanca
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de junio de 2022
Notario
MARIO ALFONSO BARRIA GALLEGOS
Oficio
Tercera Notaria de Casablanca
Comuna
Casablanca

Sociedad

Capital
$8.500 CLP
Domicilio
parcela cuarenta y tres. Los abetos, comuna El Tabo, Región de Valparaíso
Duración
Indefinida

Objeto social

La cooperativa tiene por objeto satisfacer las necesidades habitacionales de sus socios, proveyéndolos de alojamiento, de equipamiento y desarrollo comunitario, y en general, prestando los servicios que digan relación directa o indirecta con el cumplimiento de este objetivo, a través de la ejecución de un proyecto habitacional integral. Para el cumplimiento de su objetivo la Cooperativa, podrá realizar cualquier de las actividades que a continuación se indican: a) Suministrar viviendas a sus asociados/as a título de transferencia, arrendamiento o comodato precario, previa suscripción de convenio de uso y goce, al costo y sin propósito de lucro, en condiciones que aseguren el mantenimiento y conservación de los valores de propiedad común. Para este efecto la Cooperativa podrá adquirir los inmuebles y terrenos necesarios, lotearlos, urbanizarlos, restaurarlos, rehabilitarlos, construir equipamiento comunitario, como asimismo celebrar promesas, compraventas, mutuos hipotecarios y demás actos o contratos que fueran necesarios para la financiación del proyecto deconstrucción que se propone realizar; b)Promover, promocionar y establecer programas de ahorro entre los socios que estén destinados al financiamiento del proyecto habitacional y de sus servicios asociados. C)Impulsar progresivamente la organización integral de la comunidad de convivientes, promoviendo iniciativas cooperativas complementarias entre ellos y con terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO ALFONSO BARRIA GALLEGOS, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Casablanca, con asiento en El Quisco, con oficio en Avenida Isidoro Dubournais numero doscientos noventa y cuatro, El Quisco, certifica: Por escritura Pública el día 22 de junio de 2022, ante mí, Don JAIME FERNANDOCARRASCO PLAZA, chileno, casado, Ingeniero Civil Eléctrico, cédula de identidad número seis millones trecientos cuarenta y tres mil ochocientos quince guion cuatro, domiciliada en Lindero Azul, Parcela Cinco, comuna del Tabo redujo a escritura pública ACTA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA COOPERATIVA CERRADA DE VIVIENDA VISTA HERMOSA AL MAR LIMITADA, que es del siguiente tenor: con fecha once de junio del año dos mil veintidós, siendo las dieciséis treinta horas, en Parcela cuarenta y tres. Los Abetos Camino Chépica, de la Comuna del Tabo , se constituye la Junta General Constitutiva de la Cooperativa Cerrada De Vivienda Vista Hermosa al Mar presidida por don, Jaime Fernando Carrasco Plaza, cédula de identidad número seis millones trecientos cuarenta y tres mil ochocientos quince guion cuatro, presidente del Comité Organizador, actuando como secretaria Danitza soledad Sepúlveda Yausan, cedula de identidad número trece millones cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos quince guion seis y con la asistencia de cincuenta y siete personas que concurren a la constitución dela Cooperativa, ACUERDOS: Los asistentes por unanimidad constituyen una cooperativa deservicios denominada Cooperativa Cerrada De Vivienda Vistahermosa al Mar, de nombre de fantasía Cooperativa Vista Hermosa al Mar, según normas de Ley General de Cooperativas, su reglamento y este estatuto.- RAZON SOCIAL: La Cooperativa se denominara “Cooperativa Cerrada De Vivienda Vista Hermosa al Mar, de nombre de fantasía Cooperativa Vista Hermosa al Mar. DOMICILIO: parcela cuarenta y tres. Los abetos, comuna El Tabo, Región de Valparaíso, sin perjuicio agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o extranjero. OBJETO SOCIAL: La cooperativa tiene por objeto satisfacer las necesidades habitacionales de sus socios, proveyéndolos de alojamiento, de equipamiento y desarrollo comunitario, y en general, prestando los servicios que digan relación directa o indirecta con el cumplimiento de este objetivo, a través de la ejecución de un proyecto habitacional integral. Para el cumplimiento de su objetivo la Cooperativa, podrá realizar cualquier de las actividades que a continuación se indican: a) Suministrar viviendas a sus asociados/as a título de transferencia, arrendamiento o comodato precario, previa suscripción de convenio de uso y goce, al costo y sin propósito de lucro, en condiciones que aseguren el mantenimiento y conservación de los valores de propiedad común. Para este efecto la Cooperativa podrá adquirir los inmuebles y terrenos necesarios, lotearlos, urbanizarlos, restaurarlos, rehabilitarlos, construir equipamiento comunitario, como asimismo celebrar promesas, compraventas, mutuos hipotecarios y demás actos o contratos que fueran necesarios para la financiación del proyecto deconstrucción que se propone realizar; b)Promover, promocionar y establecer programas de ahorro entre los socios que estén destinados al financiamiento del proyecto habitacional y de sus servicios asociados. C)Impulsar progresivamente la organización integral de la comunidad de convivientes, promoviendo iniciativas cooperativas complementarias entre ellos y con terceros. DURACIÓN: la cooperativa tendrá duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. CAPITAL: El capital social $170.000 dividido en 20 cuotas de capital, de un valor inicial de $8.500.- cada una que serán pagadas a más tardar el día 30 de cada mes. Cada socio deberá enterar la cantidad de 170.000 mil pesos, correspondiente a 20 cuotas de participación. Ningún socio podrá ser dueño de más del 5% del capital de la cooperativa. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de los socios estará limitada al monto de sus cuotas de participación. Otras estipulaciones escritura extractada. El Quisco, 28 de junio de 2022.