Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2022
- Repertorio
- 1732-2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Chile
Objeto social
El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de diseño, producción, y desarrollo, de mantención y de soporte, y de asesoría, consultoría, y capacitación, y la comercialización de estos y de toda clase de productos, al por mayor y al por menor, e incluyendo la importación y la exportación, todo ello sobre: A) todo tipo de programas computacionales y software, sistemas y redes digitales, algoritmos, modelos matemáticos, estructuras de datos, y otro tipo de tecnologías y soluciones tecnológicas, incluyendo sistemas de inteligencia simulada, inteligencia artificial, machine learning, y otros similares; B) todo tipo de equipos, computadores, sistemas, u otros dispositivos de hardware; C) todo otro tipo de tecnologías asociadas, directa o indirectamente, a la ciencia de datos y a cualquier actividad propia de la ingeniería informática, sin excepción. Sin perjuicio de lo anterior, será igualmente del objeto todo aquel otro negocio o actividad acordada por los socios y accionistas, y que no sean contrarios a la ley. ARTÍCULO CUARTO: Capital social y acciones: El capital de la sociedad es la suma de $500.000, dividido en 500.000 acciones de única serie, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, y de igual valor entre si. ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: Duración o vigencia de la sociedad: La sociedad tendrá una duración indefinida. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Las acciones en que se encuentra dividido el capital social, y el pago de este, se realiza de la siguiente manera: El constituyente de RICARDO EMMANUEL ARANCIBIA CASTILLO toma para si, y en el mismo acto de constitución, 250.000 acciones de única serie de la sociedad, correspondientes a $250.000 del capital social, lo cual enterará y pagará dentro de 3 años desde la constitución, y conforme al estado de necesidades de la sociedad; y, el constituyente de DANIEL ESTEBAN PEREDA HERRERA toma para si, y en el mismo acto de constitución, el saldo de 250.000 acciones de única serie de la sociedad, correspondientes al saldo de $250.000 del capital social, lo cual enterará y pagará dentro de 3 años desde la constitución, y conforme al estado de necesidades de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRenata Marcela González Carvallo, abogada Notario Público Titular de la 23° Notaría Santiago, Catedral 1265, Santiago, Región Metropolitana, certifico que, por escritura otorgada ante mí, con fecha 17 de junio de 2022, repertorio N° 1732-2022, don RICARDO EMMANUEL ARANCIBIA CASTILLO, chileno, soltero, ingeniero civil matemático, cédula de identidad número 18.191.990-6, con domicilio en Ramón Venegas 3137, Puente Alto, Santiago, Región Metropolitana, y don DANIEL ESTEBAN PEREDA HERRERA, chileno, soltero, ingeniero civil matemático, cédula de identidad número 18.613.098-7, con domicilio en Papa San Eleuterio 540 A, Pudahuel, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones. ARTÍCULO PRIMERO: Nombre o razón social: El nombre o razón social de la sociedad es “REPLAI SpA”. ARTÍCULO SEGUNDO: Domicilio social: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Chile, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales que pudieren ser establecidas tanto en Chile como en el extranjero. ARTÍCULO TERCERO: Objeto social: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de diseño, producción, y desarrollo, de mantención y de soporte, y de asesoría, consultoría, y capacitación, y la comercialización de estos y de toda clase de productos, al por mayor y al por menor, e incluyendo la importación y la exportación, todo ello sobre: A) todo tipo de programas computacionales y software, sistemas y redes digitales, algoritmos, modelos matemáticos, estructuras de datos, y otro tipo de tecnologías y soluciones tecnológicas, incluyendo sistemas de inteligencia simulada, inteligencia artificial, machine learning, y otros similares; B) todo tipo de equipos, computadores, sistemas, u otros dispositivos de hardware; C) todo otro tipo de tecnologías asociadas, directa o indirectamente, a la ciencia de datos y a cualquier actividad propia de la ingeniería informática, sin excepción. Sin perjuicio de lo anterior, será igualmente del objeto todo aquel otro negocio o actividad acordada por los socios y accionistas, y que no sean contrarios a la ley. ARTÍCULO CUARTO: Capital social y acciones: El capital de la sociedad es la suma de $500.000, dividido en 500.000 acciones de única serie, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, y de igual valor entre si. ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: Duración o vigencia de la sociedad: La sociedad tendrá una duración indefinida. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Las acciones en que se encuentra dividido el capital social, y el pago de este, se realiza de la siguiente manera: El constituyente de RICARDO EMMANUEL ARANCIBIA CASTILLO toma para si, y en el mismo acto de constitución, 250.000 acciones de única serie de la sociedad, correspondientes a $250.000 del capital social, lo cual enterará y pagará dentro de 3 años desde la constitución, y conforme al estado de necesidades de la sociedad; y, el constituyente de DANIEL ESTEBAN PEREDA HERRERA toma para si, y en el mismo acto de constitución, el saldo de 250.000 acciones de única serie de la sociedad, correspondientes al saldo de $250.000 del capital social, lo cual enterará y pagará dentro de 3 años desde la constitución, y conforme al estado de necesidades de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago,20 de Junio de 2022.