CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS E INVERSIONES MAT LIMITADA

CVE 2149167
Fecha instrumento
20 de junio de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de junio de 2022
Notario
María Soledad Lascar Merino
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
El plazo de la Sociedad es de veinte años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) El ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la Profesión de Abogado en todas sus especialidades; la atención y prestación de servicios a clientes particulares, sociedades, organismos públicos o privados y demás Instituciones; b) realizar consultorías y estudios, elaborar proyectos, estrategias, planificaciones operacionales y todo tipo de gestiones vinculadas a cualquier rama del derecho; c) la administración e inversión en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, ya sea en el extranjero o dentro del territorio nacional, como también la administración de bienes pertenecientes a terceros, sean estos últimos personas naturales o jurídicas. Invertir los dineros sociales en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en derechos de sociedades de personas, en acciones, bonos, debentures, planes de ahorro y capitalización, cuotas de fondos mutuos y en títulos o valores mobiliarios de cualquier clase, o en cualquier otro instrumento de inversión todo ello con fines de inversión y renta; d) adquisición de acciones o derechos en otras sociedades con el correspondiente derecho a participar en carácter de accionista y)o socio, y de debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, incluyendo la administración e inversión de las rentas y frutos percibidos a raíz de las actividades que esta realice; y e) en general, la ejecución de todos los actos necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social y los que los accionistas acuerden

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio María Soledad Diharasarri Lecanda, el cual tendrá la calidad de administrador principal. En caso de ausencia o cualquier otro impedimento del administrador principal, lo que no será necesario acreditar a terceros, la administración y uso de la razón corresponderá conjuntamente a don José Tomás Silva Niño de Zepeda y doña María Jesús del Rosario Lecanda Ricalde, actuando de la manera antes indicada, los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, de acuerdo a las facultades que se indican en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Miraflores 178, 5to piso, Santiago, certifico por escritura pública con fecha 20 de junio del año 2022, otorgada ante mí, comparece: /Uno/ doña MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogada, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos once mil novecientos treinta y nueve guion uno, domiciliada para estos efectos en calle Camino El Alba número doce mil doscientos setenta y uno, comuna de Las Condes, Santiago; /Dos/ don JOSÉ TOMÁS SILVA NIÑO DE ZEPEDA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y cinco guion dos, domiciliado para estos efectos en calle Camino El Alba número doce mil doscientos setenta y uno, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada Nombre: ASESORIAS E INVERSIONES MAT LIMITADA. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) El ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la Profesión de Abogado en todas sus especialidades; la atención y prestación de servicios a clientes particulares, sociedades, organismos públicos o privados y demás Instituciones; b) realizar consultorías y estudios, elaborar proyectos, estrategias, planificaciones operacionales y todo tipo de gestiones vinculadas a cualquier rama del derecho; c) la administración e inversión en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, ya sea en el extranjero o dentro del territorio nacional, como también la administración de bienes pertenecientes a terceros, sean estos últimos personas naturales o jurídicas. Invertir los dineros sociales en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en derechos de sociedades de personas, en acciones, bonos, debentures, planes de ahorro y capitalización, cuotas de fondos mutuos y en títulos o valores mobiliarios de cualquier clase, o en cualquier otro instrumento de inversión todo ello con fines de inversión y renta; d) adquisición de acciones o derechos en otras sociedades con el correspondiente derecho a participar en carácter de accionista y/o socio, y de debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, incluyendo la administración e inversión de las rentas y frutos percibidos a raíz de las actividades que esta realice; y e) en general, la ejecución de todos los actos necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social y los que los accionistas acuerden. Capital: El capital social es la cantidad de quinientos mil pesos, que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: /Uno/ doña doña MARÍA SOLEDAD DIHARASARRI LECANDA aporta la cantidad de cuatrocientos veinticinco mil pesos, equivalentes a un ochenta y cinco por ciento del capital y derechos sociales, los que pagará en este acto y en dinero efectivo. /Dos/ don JOSÉ TOMÁS SILVA NIÑO DE ZEPEDA, aporta la cantidad de setenta y cinco mil pesos, equivalentes a un quince por ciento del capital y derechos sociales, los que pagará en este acto y en dinero efectivo. En consecuencia, el capital social de quinientos mil pesos, ha quedado íntegramente aportado y pagado por los socios, e ingresado en la caja social. Duración: El plazo de la Sociedad es de veinte años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio María Soledad Diharasarri Lecanda, el cual tendrá la calidad de administrador principal. En caso de ausencia o cualquier otro impedimento del administrador principal, lo que no será necesario acreditar a terceros, la administración y uso de la razón corresponderá conjuntamente a don José Tomás Silva Niño de Zepeda y doña María Jesús del Rosario Lecanda Ricalde, actuando de la manera antes indicada, los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, de acuerdo a las facultades que se indican en la escritura extractada. Los socios limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no son materia de extracto constan escritura extractada. Santiago, 23 de junio del año 2022, Maria Soledad Lascar Merino.