RULE 1 VENTURES SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de junio de 2022
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: El Objeto de la sociedad será: a) El diseño e implementación de sistemas de software como servicio para el mercado en general y la operación, soporte y provisión de infraestructura en nube para empresas emergentes o ya consolidadas que tengan relación o no con la tecnología; b) La creación, operación y actualización permanente de modelos de inteligencia artificial basados en tecnologías de cualquier naturaleza y formato como softwares, servicios, portales web u otros; c) Capacitaciones y Consultorías en materias de inteligencia artificial, en informática y otras actividades conexas; d) Programación informática, procesamiento de datos, hospedaje y portales web; e) Servicios de reparación de computadores y equipos periféricos; f) Comercialización, al por mayor y al por menor, por cuenta propia o de terceros, de computadores, programas informáticos y equipos de telecomunicaciones; g) La realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, inmuebles y muebles, y en especial, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades y otros valores diversos de inversión, renta fija o variable; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; h) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; e i) En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados
Administración
La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a un Directorio compuesto de tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por los accionistas por instrumento público
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VENTURES SpA | socio | 77281493-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Que por escritura pública de fecha 17 de junio del 2022. REP. N°12.855/2022, ante el titular, don JORGE ANDRES SANTIBAÑEZ GATICA, ingeniero civil en informática, cédula de identidad N°16.521.085-9, con domicilio en Avenida Santa Teresa de los Andes N°1660, departamento 302 M4, Algarrobo, Quinta Región, único y total accionista de la sociedad RULE 1 VENTURES SpA, RUT 77.281.493-3, inscrita a fojas 34.765 N°15.973 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, acordó las siguientes modificaciones: 1) Se modifica la razón social de la sociedad, por lo que se modifica el Artículo Primero del Estatuto Social y se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “RULE 1 VENTURES CHILE SpA” y que se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos y en su defecto por las normas legales pertinentes”. 2) Se modifica el Artículo Segundo del Estatuto Social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO SEGUNDO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales y oficinas que establezcan en cualquier parte del país o en el extranjero”. 3) Se modifica el objeto social, por lo que se modifica el Artículo Cuarto del Estatuto Social y se reemplaza por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: El Objeto de la sociedad será: a) El diseño e implementación de sistemas de software como servicio para el mercado en general y la operación, soporte y provisión de infraestructura en nube para empresas emergentes o ya consolidadas que tengan relación o no con la tecnología; b) La creación, operación y actualización permanente de modelos de inteligencia artificial basados en tecnologías de cualquier naturaleza y formato como softwares, servicios, portales web u otros; c) Capacitaciones y Consultorías en materias de inteligencia artificial, en informática y otras actividades conexas; d) Programación informática, procesamiento de datos, hospedaje y portales web; e) Servicios de reparación de computadores y equipos periféricos; f) Comercialización, al por mayor y al por menor, por cuenta propia o de terceros, de computadores, programas informáticos y equipos de telecomunicaciones; g) La realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, inmuebles y muebles, y en especial, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades y otros valores diversos de inversión, renta fija o variable; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; h) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; e i) En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados”. 4) Se modifica la administración y representación de la sociedad, la que a partir de la fecha del presente instrumento se ejercerá a través de un Directorio compuesto de tres directores. 5) Considerando las modificaciones ya indicadas, se refunde el Estatuto Social en un nuevo texto: ESTATUTOS “RULE 1 VENTURES CHILE SpA”. NOMBRE SOCIEDAD: El nombre de la sociedad será “RULE 1 VENTURES CHILE SpA” y que se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos y en su defecto por las normas legales pertinentes. ACCIONISTA: JORGE ANDRES SANTIBAÑEZ GATICA, ingeniero civil en informática, cédula de identidad N°16.521.085-9, con domicilio en Avenida Santa Teresa de los Andes N°1660, departamento 302 M4, Algarrobo, Quinta Región. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales y oficinas que establezcan en cualquier parte del país o en el extranjero. DURACION: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será: El Objeto de la sociedad será: a) El diseño e implementación de sistemas de software como servicio para el mercado en general y la operación, soporte y provisión de infraestructura en nube para empresas emergentes o ya consolidadas que tengan relación o no con la tecnología; b) La creación, operación y actualización permanente de modelos de inteligencia artificial basados en tecnologías de cualquier naturaleza y formato como softwares, servicios, portales web u otros; c) Capacitaciones y Consultorías en materias de inteligencia artificial, en informática y otras actividades conexas; d) Programación informática, procesamiento de datos, hospedaje y portales web; e) Servicios de reparación de computadores y equipos periféricos; f) Comercialización, al por mayor y al por menor, por cuenta propia o de terceros, de computadores, programas informáticos y equipos de telecomunicaciones; g) La realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, inmuebles y muebles, y en especial, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades y otros valores diversos de inversión, renta fija o variable; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; h) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; e i) En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados. CAPITAL: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es de $100.000.-, dividido en 10 acciones nominativas, sin valor nominal y que se suscribe y paga por el único accionista don JORGE ANDRES SANTIBAÑEZ GATICA. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a un Directorio compuesto de tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por los accionistas por instrumento público. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2022.-