GUARDERÍA MORALES Y PEÑA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de junio de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Iquique
- Duración
- Tres años a contar fecha de escritura, prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años
Objeto social
Servicios de guardería y cuidado de menores (After School), venta de artículos de papelería, escritorio y útiles escolares, venta de alimentos, bebidas y confitería, transporte escolar y cualquier otro que socios acuerden
Administración
corresponderá a ambos socios indistintamente, con amplias facultades señaladas en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA, Abogado, Notario Suplente de la Titular de la Séptima Notaría de Santiago, Agustinas 1161 entrepiso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 16 de junio de 2022, ante mí, RODRIGO GERARDO MORALES CORNEJO domiciliado en Llewellyn Jones Nº1608, departamento 606, comuna Providencia y JAVIERA ALEJANDRA PEÑA SALAS, domiciliada en Calle Hijuelas Nº01122 comuna Maipú, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada cuya razón social es “GUARDERÍA MORALES Y PEÑA LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “GUARDERÍA M Y P LTDA.”. Objeto: Servicios de guardería y cuidado de menores (After School), venta de artículos de papelería, escritorio y útiles escolares, venta de alimentos, bebidas y confitería, transporte escolar y cualquier otro que socios acuerden. Duración: Tres años a contar fecha de escritura, prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años. Administración y uso de la razón social: corresponderá a ambos socios indistintamente, con amplias facultades señaladas en escritura. Capital: $1.000.000.- que socios aportan de la siguiente manera: 1) RODRIGO GERARDO MORALES CORNEJO, aporta en este acto en dinero efectivo y contado $700.000 que ingresan a caja social. El aporte de capital asciende al 70%. 2) JAVIERA ALEJANDRA PEÑA SALAS, aporta en este acto en dinero efectivo y contado $300.000 que ingresan a caja social. El aporte de capital asciende al 30%. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: ciudad de Iquique, sin perjuicio de las sucursales o agencias que la sociedad establezca dentro o fuera del país. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 23 de junio de 2022.