MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA FUTAHUENTE NUEVA ESPERANZA LIMITADA

RUT 77513739-8 CVE 2148520
Capital
$6.296.190.647 CLP
Fecha instrumento
9 de junio de 2022
Notaría
Río Bueno

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2022
Notario
MARIA LIDIA DÍAZ DÍAZ
Domicilio
Río Bueno
Comuna
Río Bueno

Sociedad

Capital
$6.296.190.647 CLP

Administración

En evento de producirse el fallecimiento o incapacidad del administrador don Joaquín Andrés Grob Anwandter, la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente a doña MARIA IGNACIA LAVÍN BURGOS, quien actuará por sí sola con las mismas facultades del administrador. En el evento de producirse el fallecimiento o incapacidad de doña MARIA IGNACIA LAVÍN BURGOS, la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los demás socios AGUSTINA GROB LAVÍN, ELISA GROB LAVÍN, y JOSÉ JOAQUÍN GROB LAVÍN, quienes deberán actuar siempre los tres conjuntamente, con las mismas facultades del administrador ya señaladas clausula Quinta del pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA LIDIA DÍAZ DÍAZ, Abogado, Notario Público Titular Río Bueno, con oficio en Ejército Libertador 1059; certifica: Por escritura pública de 09 Junio 2022, ante mí, Joaquín Andrés Grob Anwandter, agricultor; María Ignacia Lavín Burgos, agricultora; José Joaquín Grob Lavín, Ingeniero Comercial; Agustina Grob Lavín, Ingeniero Comercial, y Elisa Grob Lavín, estudiante universitaria, todos domiciliados en Parque Radimadi, Parcela nueve, Comuna de La Unión, región de Los Ríos, modificaron AGRÍCOLA FUTAHUENTE NUEVA ESPERANZA LIMITADA, rol único tributario número 77.513.739-8, constituida por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Río Bueno, ante doña María Lidia Díaz Díaz, cuyo extracto se inscribió a Fs.84 vuelta, N°57 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. Modificaron la sociedad en los siguientes términos: I. Aumentan capital social a $6.296.190.647. Los que se enteran y pagan íntegramente de la siguiente forma: A. El socio Joaquín Andrés Grob Anwandter, aporta la suma total de $6.295.690.647: Uno) con la suma de $500.000 pagados en dinero en efectivo, en el acto de constitución de la sociedad. Dos) En este acto el socio paga la suma de $6.295.190.647, mediante el aporte en dominio de bienes muebles e inmuebles, cuyos detalles y valorizaciones individuales se indican en la escritura extractada. B. La socia María Ignacia Lavín Burgos, aporta la suma total de $200.000 pagados en dinero en efectivo, en el acto de constitución de la sociedad. C. La socia Agustina Grob Lavín, aporta la suma total de $100.000 pagados en dinero en efectivo, en el acto de constitución de la sociedad. D. La socia Elisa Grob Lavín, aporta la suma total de $100.000 pagados en dinero en efectivo, en el acto de constitución de la sociedad. E. El socio José Joaquín Grob Lavín, aporta la suma total de $100.000 pagados en dinero en efectivo, en el acto de constitución de la sociedad. En consecuencia, sociedad queda: Joaquín Andrés Grob Anwandter, con 99,992% derechos sociales. María Ignacia Lavín Burgos, con 0,0032% derechos sociales. Agustina Grob Lavín, con 0,0016% derechos sociales. Elisa Grob Lavín, con 0,0016% derechos sociales. José Joaquín Grob Lavín, con 0,0016 % derechos sociales. II. Modifican administración. En evento de producirse el fallecimiento o incapacidad del administrador don Joaquín Andrés Grob Anwandter, la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente a doña MARIA IGNACIA LAVÍN BURGOS, quien actuará por sí sola con las mismas facultades del administrador. En el evento de producirse el fallecimiento o incapacidad de doña MARIA IGNACIA LAVÍN BURGOS, la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los demás socios AGUSTINA GROB LAVÍN, ELISA GROB LAVÍN, y JOSÉ JOAQUÍN GROB LAVÍN, quienes deberán actuar siempre los tres conjuntamente, con las mismas facultades del administrador ya señaladas clausula Quinta del pacto social. Demás estipulaciones en escritura social extractada. Se facultó para inscribir. Río Bueno, 23 de Junio de 2022.