MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGENCIA DE SEGURIDAD ZETAR LIMITADA

RUT 76208622-0 CVE 2148159
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de abril de 2012
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2012
Notario
OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ
Oficio
30º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, Notario Público, Titular 30º Notaría de Santiago, Oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, fecha hoy, CLAUDIO ANDRÉS HERNÁNDEZ BARRÍA, La Bahía N° 611, Villa Italia, San Antonio y de paso en ésta; JOSÉ MIGUEL HERNÁNDEZ FOSTIN, San Pablo 1825, Santiago, y MARÍA JOSÉ HERNÁNDEZ DELGADO, Las Petunias 44-B, San Antonio y de paso en ésta, modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada AGENCIA DE SEGURIDAD ZETAR LIMITADA o ZETAR LTDA., constituida por escritura pública fecha 12 abril 2012, ante Notario Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo extracto se inscribió a Fs. 27.305, N° 19.235 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 2012 y publicado en Diario Oficial de 26 de Abril de 2012, en sentido que: JOSÉ MIGUEL HERNÁNDEZ FOSTIN, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere el total de su participación que es el 50% del capital social a CLAUDIO ANDRÉS HERNÁNDEZ BARRÍA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 40% de dichos derechos, en la cantidad de $3.000.000, contado, dinero en efectivo, suma que el cedente declara recibir a su entera y completa satisfacción y a MARÍA JOSÉ HERNÁNDEZ DELGADO, quien ingresa, compra, acepta y adquiere para sí el 10% restante de dichos derechos en la cantidad de $1.000.000, pagados en este acto, contado, dinero en efectivo, suma que el cedente declara recibir a su entera y completa satisfacción. Quedan como únicos socios de AGENCIA DE SEGURIDAD ZETAR LIMITADA o ZETAR LTDA., CLAUDIO ANDRÉS HERNÁNDEZ BARRÍA con un 90% de los derechos sociales; y MARÍA JOSÉ HERNÁNDEZ DELGADO con un 10% de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir la siguiente modificación al pacto social: “La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios, en forma separada e indistintamente, con facultades pacto social constitutivo.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Todo lo no modificado rige pacto social constitutivo. Santiago, 27 de Abril de 2022.-