FLORES Y CIA. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2004
- Notario
- MARIA MARCELA VICUÑA FUENTES
- Domicilio
- Titular de Santiago don JAIME BERNALES LARRAIN
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA MARCELA VICUÑA FUENTES, Notario Público Suplente del Titular de Santiago don JAIME BERNALES LARRAIN, Vicuña Mackenna Oriente N°7163, La Florida, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, don PATRICIO FLORES LOPEZ, domiciliado en Santa Bárbara N° 1596, comuna de La Florida; don SEBASTIAN ESTEBAN FLORES DEL CASTILLO, domiciliado en Esmeralda N° 8373, La Florida; don ANDRES ALEJANDRO FLORES DEL CASTILLO, domiciliado en Riquelme N° 307, El Tabo, Quinta Región; y don GABRIEL PATRICIO FLORES MUÑOZ, domiciliado en Santa Bárbara N° 1596, La Florida, modifican sociedad “FLORES Y CIA. LIMITADA”, constituida con fecha 23/06/2004, en la Notaria de Santiago de don Francisco Rosas Villarroel, inscrita a fojas 18.681, N° 14.077 en el Registro de Comercio de Santiago, año 2004, publicado Diario Oficial de fecha 3/07/2004. Capital inicial $12.000.000.-, en el siguiente sentido: A) don PATRICIO FLORES LOPEZ, dueño del 90% del total de los derechos de la sociedad, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales a don ANDRES ALEJANDRO FLORES DEL CASTILLO, quien los compra, adquiere y acepta para sí, en la suma de $46.800.000, cantidad que se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando de este modo a la sociedad; B) don SEBASTIAN ESTEBAN FLORES DEL CASTILLO, dueño del 10% del total de los derechos de la sociedad, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales a don GABRIEL PATRICIO FLORES MUÑOZ, quien los compra, adquiere y acepta para sí, en la suma de $5.200.000, cantidad que se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando de este modo a la sociedad. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, quedaran radicadas en el socio don ANDRES ALEJANDRO FLORES DEL CASTILLO, quien tendrá todas y cada una de las facultades establecidas en pacto social, las que se dan por reproducidas una a una en este acto.- En lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo y modificación. Santiago, 10 de Junio de 2022.-