MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercializadora de Gases e Insumos Industriales Bio Bio Limitada

RUT 76097006-9 CVE 2146268
Fecha instrumento
16 de junio de 2022
Notaría
Los Ángeles

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2022
Notario
Rodrigo Orlando Cantuarias Costa
Oficio
segunda Notaria de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Orlando Cantuarias Costa, Abogado, Notario Público Titular, de la segunda Notaria de Los Ángeles, y su territorio jurisdiccional, domiciliado en calle Lautaro número trescientos setenta y uno, de esta ciudad, CERTIFICO: Que hoy ante mí, comparecieron don CLAUDIO ANTONIO AGUAYO TORO, con domicilio en Avenida Las Industrias KM. 503, Los Ángeles; doña PIA ANDREA AGUAYO TORO, con domicilio en calle Allipen Sur N° 409, villa Tres Vientos, Los Ángeles; y doña LETICIA NAYADET TORO SEPÚLVEDA, con domicilio en Avenida Las Industrias KM. 503, Los Ángeles; modificaron los estatutos sociales de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIALIZADORA DE GASES E INSUMOS INDUSTRIALES BIO BIO LIMITADA”, nombre de fantasía “GASES BIO BIO LIMITADA.” R.U.T.Nº 76.097.006-9, En los siguientes términos: Cesión derechos: doña PIA ANDREA AGUAYO TORO vende, cede y transfiere a don CLAUDIO ANTONIO AGUAYO TORO, quien compra y adquiere para sí el 100% que a la primera le corresponden y que equivalen al 25% del total de los derechos sociales.- El precio de la cesión antes singularizada es la suma de 7.000.000 de pesos, que se paga de la siguiente manera uno) la suma de tres millones quinientos mil pesos en este acto; dos) los tres millones quinientos mil pesos restantes se pagaran en el plazo de dos años, con los dividendos que perciba a futuro con las utilidades de la empresa en el. Los únicos socios que conforman la sociedad “GASES BIO BIO LIMITADA.”, son don CLAUDIO ANTONIO AGUAYO TORO y doña LETICIA NAYADET TORO SEPULVEDA.- En todo lo no expresamente modificado por la presente escritura, se mantiene vigente el contrato social aludido en la cláusula primera de dicho instrumento.- capital 10.000.000 de pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles, 16 de Junio de 2022.-