MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA VALLE ALTO SpA

RUT 76525400-0 CVE 2145394
Fecha instrumento
28 de octubre de 2005
Notaría
Ñuñoa

Instrumento

Fecha
28 de octubre de 2005
Repertorio
22592019
Comuna
Ñuñoa

Administración

Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO 13 DE SEPTIEMBRE 2021

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Abogado, Titular de la Primera Notaría de Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrázaval 1745 b Ñuñoa, Certifico: Que por escritura Pública, de hoy ante mí, don ANTONIO JOSE CROVETTO ROBA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I.N° 6.620.757-9 y doña CARMEN EUGENIA ARAVENA FIGUEROA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I.N° 6.695.732-2, ambos domiciliados en calle Camino del Valle Alto N° 1545, Las Condes; vienen en resciliar División de Sociedad por Acciones: Antecedentes: Con fecha 28-10-2005, ante el Notario de Santiago don José Musalem Saffie, se constituyó “INMOBILIARIA VALLE ALTO LIMITADA”, inscrita a fojas 42.701 N° 30.420 año 2005, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada Diario Oficial 24-11-2005. Posteriormente modificada fecha 13-03-2018, transformándose en “INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA”, inscrita fojas 31.904 N° 16.872 año 2018 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada diario oficial fecha 05-05-2018. Fecha 18-04-2018, se rectifica, complementa y sanea, ante el Notario Juan Ricardo San Martin Urrejola, extracto fojas 31.904 N° 16.873 año 2018, publicado diario oficial fecha 07-05-2018. Por escritura pública fecha 19-08-2019, otorgada en la Notaría de don Juan Eugenio del Real Armas, repertorio N° 2.259.2019, la Sociedad INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA se dividió, dividiéndose el patrimonio de la Sociedad INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA y creando la Sociedad que se escinde INMOBILIARIA VALLE ALTO DOS SPA, asignándose los inmuebles: a) propiedad ubicada en la calle Camino del Valle Alto N° 1.545, que es parte del lote D tres del plano de subdivisión respectivo, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE, 30 metros con sitio 7; SUR, 31 metros con sitio 11; ORIENTE, 18 metros con Camino del Valle Alto; PONIENTE, 18 metros con parte de los sitios 8 y 10. Rol de avaluó fiscal 2.446-25, Las Condes. INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA la adquirió por aporte que le hicieron don Antonio José Croveto Roba y doña Carmen Eugenia Aravena Figueroa, según escritura fecha 28-10-2005, otorgada en la notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, inscrita a fojas 1.117 N° 1.817 registro de propiedad del conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2006; b) departamento N° 504 del quinto piso, del estacionamiento N° 3 y de la bodega N° 20, todos del “Edificio Urbano”, ubicado en la Avenida Lota en el N° 2545, comuna de Providencia, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el N° 1.963; y dueña además de los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda, NORTE, Avenida Lota; SUR, Señor Cumphey; ORIENTE, Señores Kostin y Heuse; PONIENTE, Señor Brunton. Roles de avaluó fiscales Números 1.041-775, 1.041-789, 1.041-832, todos de la comuna de Providencia. INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA la adquirió por compra a la Sociedad Inmobiliaria Freud S.A. según escritura fecha 25-05-2006 otorgada en la Notaria de Santiago de doña María Antonieta Mendoza Escalas e inscrita fojas 39.832 N° 65.074 Registro Propiedad del Conservador Bienes Raíces Santiago año 2006. c) departamento N° 32, la bodega N° 32 y el estacionamiento N° 38, ambos del primer piso, todos del edificio ubicado en calle La Capitanía N° 100, Comuna Las Condes, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el N° 3.154, 3.154 A a la I; y dueña además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirientes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en 50 metros 40 centímetros con sitio de doña Ana Salas de W., antes con resto de la parcela Oriente del Fundo San Pascual, que aparece en el plano como lote tres; SUR, en cincuenta metros treinta centímetros con sitio I, hoy de don Carlos Vera S.; ORIENTE, en 25 metros con sitio G de Santiago Saavedra; PONIENTE, 24 metros 60 centímetros con calle Principal, hoy Capitanía. Roles de avaluó fiscal, N° 539-515 y 539-558, ambos de la Comuna de Las Condes. INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA los adquirió por aporte que le hicieron don Antonio José Croveto Roba y doña Carmen Eugenia Aravena Figueroa, según escritura de fecha 28-10-2005, otorgada en la Notaria de Santiago de don José Musalem Saffie e inscrita a fojas 1.117 N° 1.816 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces de Santiago del año 2006. Junto con la División de INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA, se crea la Sociedad que se escinde INMOBILIARIA VALLE ALTO DOS SPA, extracto inscribió a fojas 82.490 N° 40.565 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 2019, publicó Diario Oficial 24-10-2019. La Sociedad no sufrió modificaciones. La división de INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA, adolece de un vicio formal de nulidad, debido a que no se publicó dentro del plazo legal, ni tampoco se realizaron las inscripciones en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de los inmuebles individualizados en las letras a), b), y c) precedentes. Resciliación División de Sociedad. Los socios acuerdan RESCILIAR en todas sus partes y dejar sin efecto los contratos de división de INMOBILIARIA VALLE ALTO SPA, la creación de la sociedad INMOBILIARIA VALLE ALTO DOS SPA que por la División se crea y constituye, y las asignaciones de los inmuebles señalados, los que se dejan sin efecto a partir de esta fecha, aceptando todos los efectos jurídicos de este acuerdo. Asimismo, declaran que no tienen prestaciones pendientes, por lo que se otorgan el más completo y total finiquito. Los socios proceden a liquidar la sociedad INMOBILIARIA VALLE ALTO DOS SPA, declaran que la sociedad ha sido administrada de acuerdo con las cláusulas sociales pertinentes, no teniendo cargo alguno que formular a dicha administración. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO 13 DE SEPTIEMBRE 2021.-