Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2022
- Notario
- PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN
- Domicilio
- Osorno
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Osorno
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La sociedad será administrada por un Gerente General; RESPONSABILIDAD: Se limita la responsabilidad de los accionistas hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Público Titular de Osorno, con oficio Bernardo O’Higgins 691, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, ROSA ELENA ARCOS VIDAL, chilena, viuda, profesor de educación general básica, cédula nacional de identidad número siete millones seiscientos un mil ciento veintisiete guion tres, domiciliada en Cochamó Pueblo Hundido, sin número, de la comuna de Llanquihue, y de paso en esta; y PAOLA ANDREA MARTINEZ ARCOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dependiente, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos sesenta y siete guion cinco, domiciliada en Pasaje Polpaico dos mil ochenta y siete, Villa Altos del Sol, de la ciudad de Osorno, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédula anotadas y exponen que constituyeron una sociedad por acciones (SpA) que se regirá por lo dispuesto en los estatutos que a continuación se pactan y en todo aquello no previsto por dichos estatutos, se regirá por lo dispuesto en la Ley número veinte mil ciento noventa que introduce las modificaciones al Libro II, Título VII del Código de Comercio, incorporando el nuevo Párrafo octavo "De las sociedades por acciones", y en forma supletoria por las normas que regulan las sociedades anónimas cerradas por Ley dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas y su respectivo Reglamento; NOMBRE: “DISTRIBUIDORA MAGIC PAPER SpA.”; CAPITAL: El capital de la sociedad es de quince millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una sola serie. El capital de la sociedad queda totalmente suscrito y se pagará en la forma indicada en el artículo primero transitorio de la escritura extractada; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: uno) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden; dos) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas; DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Osorno, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero; DURACIÓN: Indefinida, a contar de la escritura constitutiva; ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por un Gerente General; RESPONSABILIDAD: Se limita la responsabilidad de los accionistas hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Osorno, 15 Junio 2022.