MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS OSSES Y BRAVO LIMITADA

RUT 76275917-9 CVE 2144843
Fecha instrumento
8 de junio de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de junio de 2022
Repertorio
7667-2022
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto a)prestaciones de servicios médicos en todas sus formas y especialidades b) docencia médica, en todas sus formas y especialidades c) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. En relación a todo lo señalado anteriormente, se hace presente que todas las enumeraciones son a modo de ejemplo, no siendo taxativas o limitadas a las que se señalan

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ALEJANDRA ANDREA BRAVO VERA socio 13456647-7
LUIS GERARDO OSSES SEPÚLVEDA socio 13626706-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, 27ª Notaría Santiago, Orrego Luco N°0153, Providencia, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de Junio de 2022, Repertorio Nº7667-2022, ante mí, doña ALEJANDRA ANDREA BRAVO VERA, Cédula Nacional de Identidad N° 13.456.647-7, y don LUIS GERARDO OSSES SEPÚLVEDA, Cédula Nacional de Identidad N° 13.626.706-K, ambos con domicilio en Avenida José Rabat 11900, Casa 044, Condominio Canquen Norte, Chicureo, Colina, son los únicos y actuales socios, en partes iguales, de SERVICIOS MÉDICOS OSSES Y BRAVO LIMITADA, y vienen en transformar y reformar la mencionada persona jurídica, cambiando la especie o tipo social, transformándola en una sociedad por acciones con el nuevo nombre de “SERVICIOS MÉDICOS BRAVO SpA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que instale en otros puntos del país o el extranjero. Duración: indefinida.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto a)prestaciones de servicios médicos en todas sus formas y especialidades b) docencia médica, en todas sus formas y especialidades c) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. En relación a todo lo señalado anteriormente, se hace presente que todas las enumeraciones son a modo de ejemplo, no siendo taxativas o limitadas a las que se señalan. Capital: El capital social inicial de la sociedad es la suma de 2 millones de pesos, dividido en dos mil acciones cada una nominativa, ordinaria, de la misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en este acto de la siguiente manera: a) Doña ALEJANDRA ANDREA BRAVO VERA, suscribe en este acto la cantidad de mil acciones, que representan el 50 por ciento del capital social, equivalentes a la suma de 1 millón de pesos, que se tienen por íntegramente pagadas, al haber pagado, en su oportunidad, su aporte de capital a la sociedad que por este acto se transforma - b) don LUIS GERARDO OSSES SEPÚLVEDA suscribe en este acto la cantidad de mil acciones, que representan el 50 por ciento del capital social, equivalentes a la suma de 1 millón de pesos, que se tienen por íntegramente pagadas, al haber pagado, en su oportunidad, su aporte de capital a la sociedad que por este acto se transforma.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de Junio de 2022.-